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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: ALARCON, JUSTO y otros C/ GONZALEZ, FANI MIRTA y otros

Los actores promovieron demanda por despido indirecto y rubros laborales contra las titulares del comercio “Supermercadito LA ROSITA”. La Jueza hizo lugar parcialmente sólo a la demanda de Frida Elena Gómez frente a Fani Mirta González, condenando al pago de $22.395.645 (actualizado) y ordenando entrega de certificados y constancias laborales; rechazó las demás pretensiones y absolvió a Fani Mirta Vaca y Sonia Alejandra Vaca.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 10 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 10
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-34514/2020
Prueba testimonial Incontestacion de demanda Despido indirecto Falta de registracion Costas y regulacion de honorarios Indemnizacion agravada art. 2 ley 25.323 Art. 80 lct (certificado y constancias) Liquidacion y actualizacion (ley 27.802 67% cer+3) Absolucion de demandadas (vaca Sonia vaca).

¿Quién es el actor?

Justo Alarcón; Adolfo Milagro Giménez; Frida Elena Gómez; Oscar Antonio Rodríguez; Emanuel Orlando Arévalo (litigio conjunto, con patrocinio de la Dra. Roxana Elizabeth Rueda).

¿A quién se demanda?

Fani Mirta González; Fani Mirta Vaca; Sonia Alejandra Vaca (dueñas del comercio “Supermercadito LA ROSITA”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido indirecto, falta de registración, diferencias salariales, viáticos, exhibición de comprobantes de aportes jubilatorios/obra social/sindicato, certificado de trabajo, SAC proporcional, vacaciones, preaviso, antigüedad, integración mes de despido, indemnizaciones agravadas (art. 8 Ley 24.013; art. 2 Ley 25.323), art. 80 LCT, sueldos no abonados y daño moral, entre otros.

¿Qué se resolvió?

se admite parcialmente la demanda de Frida Elena Gómez contra Fani Mirta González y se la condena al pago de $22.395.645 (monto histórico actualizado al 16/6/2026) y a entregar certificados y constancias; se rechazan las pretensiones de Justo Alarcón, Adolfo Giménez y Oscar Rodríguez por falta de prueba sobre el acto extintivo y la fecha; se rechaza íntegramente la demanda de Emanuel Arévalo por falta de prueba de vínculo; se absuelve a Fani Mirta Vaca y a Sonia Alejandra Vaca de toda responsabilidad; se regulan costas y honorarios conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presente causa tiene por objeto el cobro de las indemnizaciones derivadas del despido indirecto y de los rubros laborales inherentes a la relación de trabajo que los actores alegan haber mantenido con las demandadas en el comercio familiar 'Supermercadito LA ROSITA'."

"Ningún testigo declaró haber visto trabajar a Emanuel Orlando Arévalo. Claramente la prueba testimonial acredita la existencia del comercio 'La Rosita' y la prestación de servicios de Justo Alarcón, Adolfo Milagro Giménez, Frida Elena Gómez y Oscar Antonio Rodríguez en dicho establecimiento, identificando a 'Rosita' como la persona que pagaba y abría el local."

"La falta de contestación de demanda por parte de Fani Mirta González implica que no negó la recepción de dichos telegramas ni la existencia del vínculo laboral con Frida Elena Gómez. La falta de respuesta a las intimaciones configuran injuria patronal grave que justifica el despido indirecto declarado por esta actora (arts. 242 y 246 LCT) ... Por lo cual las indemnizaciones previstas en la LCT (art. 245 y art. 232) por despido respecto de la Sra. Gómez, van a proceder."

"Respecto de Justo Alarcón, Adolfo Milagro Giménez y Oscar Antonio Rodríguez ... La falta de prueba sobre el acto extintivo concreto y su fecha impide tener por configurado el despido indirecto ... por lo cual no prosperan ninguno de los rubros indemnizatorios ..."

"En cuanto al cálculo de los rubros indemnizatorios demandados que proceden a favor de la actora Frida Elena Gómez ... TOTAL HISTÓRICO AL 30/4/2020: $733.895,85 ... El monto actualizado conforme a dicho criterio asciende a la suma de $22.395.645 (Anexo II) al 16/6/2026."

"Por todo lo expuesto, y en salvaguarda de la supremacía de la Constitución Nacional ... se declara procedente el reclamo de la indemnización agravada del artículo 2° de la Ley N° 25.323."

Dispositivo (extracto):

"I. Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por Frida Elena Gómez contra Fani Mirta González y condenar a esta última al pago de la suma de VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS ($ 22.395.645) ...

II. Rechazar parcialmente la demanda promovida por Justo Alarcón, Adolfo Milagro Giménez, Oscar Antonio Rodríguez y rechazar en todas sus partes la demanda promovida por Emanuel Orlando Arévalo ...

III. Condenar a Fani Mirta González a entregar ... el certificado de trabajo y las constancias de aportes jubilatorios, obra social y sindicato ...

IV. Rechazar todos los reclamos formulados en contra de Fani Mirta Vaca y a Sonia Alejandra Vaca ..."

¿Cómo votaron los jueces?

sentencia unipersonal (Dra. Andrea Silvana Quintos). La resolución expone expresa discrepancia respecto de un precedente de la Suprema Corte provincial sobre la aplicación retroactiva de la Ley 27.742 y adopta el criterio minoritario y la doctrina de la Corte Suprema de la Nación para justificar la procedencia del agravamiento del art. 2° Ley 25.323. (Texto del fundamento: "Esta Juzgadora... debe apartarse en este caso concreto ... coincidir con la sólida postura minoritaria ...")

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