JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Enfermedad – Accidente de trabajo: Nieves, Walter Adriel Gustavo c/ Asociart ART S.A

El actor promovió reclamo por enfermedad/accidente de trabajo y las partes celebraron convenios transaccionales que fueron sometidos a homologación. El Tribunal homologó los acuerdos, reguló honorarios a favor del letrado de la demandada y del perito médico y ordenó la liquidación del crédito fiscal, admitiendo como monto del juicio $17.992.882,00.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-268404/2025
Honorarios Transaccion Perito medico Homologacion Tribunal del trabajo 00 Lct art.15 Enfermedad/accidente de trabajo Liquidacion credito fiscal Monto de juicio $17.992.882 Ley de aranceles n? 6368/23

¿Quién es el actor?

Nieves, Walter Adriel Gustavo (actor).

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A. (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por enfermedad – accidente de trabajo; existencia de sentencia dictada en la causa y celebración de acuerdos transaccionales sometidos a homologación.

¿Qué se resolvió?

Se homologaron los convenios transaccionales traídos a la causa, se regularon honorarios profesionales (Dr. Alfonso Andrés Zamar $3.598.576,40; Perito Médico Dr. José Causarano $359.857), se dispuso la liquidación del crédito fiscal y se ordenó notificar por cédula, agregar copia en autos y protocolizar. Se admitió como monto del juicio el resultante de la transacción: $17.992.882,00.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, dictada sentencia en la causa pero sin monto de condena a la fecha, el Dr. Dante Coronel Elías presenta escrito Nº 2.333.830 dando cuenta en PDF adjunto de acuerdos transaccionales celebrado entre las partes y el letrado del actor y que se encuentra refrendado por ambos letrados, concurriendo el Dr. Alfonso Andrés Zamar por la demandada, sujeto a homologación judicial y que ha sido ratificado personalmente por el actor ante el Actuario (acta 17/06/2026, SIGJ)."

"Que, los mismos 'representan una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto la homologación deviene ajustadas a derecho."

"Así, admitido como monto del juicio el que resulta de transacción con particular remisión a la cláusula segunda del convenio entre actor y demandada ($ 17.992.882,00), teniéndose presentes convenio entre letrado del actor y demandada y arts. 17, 23 y 24 Ley de Aranceles de Abogados y Procuradores Nº 6368/23, art. 277 LCT, el art. 200 de la L.O.P.J. y la Acordada Nº 114/16, y también criterio sentado por la Suprema Corte de Justicia en Libro de Acuerdos Nº 4, Fº 393/399, Nº 121, fallo del 02/07/2019 (ulterior a Acordada 114/16), admitido como monto del juicio el que resulta de transacción y ponderada la tarea como también la relevancia de la incidencia de lo dictaminado en la conclusión de la causa, se establecen los honorarios del letrado de la demandada $ 3.598.576,40 en tanto correspondencia de los del letrado del actor; del perito médico Dr. José Causarano en $ 359.857."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el dispositivo final.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.