JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: GIL, JUSTO LORENZO C/ PROVINCIA ART S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias derivadas de enfermedad profesional contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 para el caso y condenó a la ART a pagar $44.300.899,45, fundando la decisión en las pericias médica y de higiene y seguridad que acreditaron una incapacidad del 37,86%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-164718/2020
Enfermedad profesional Ley 24.557 (lrt) Inconstitucionalidad arts. 21 22 46 Incapacidad 37 86% Prestaciones dinerarias / indemnizacion Pericia medica y pericia en higiene y seguridad Provincia aseguradora de riesgos del trabajo s.a. Derecho a recurrir a tribunales laborales Resolucion srt / ripte (calculo ibm) Honorarios y costas Observacion final: la sentencia es de una vocalia unipersonal del tribunal del trabajo (sala iii Vocalia 7) Por lo que el bloque resolutivo citado es la decision final del juzgador.

¿Quién es el actor?

Sr. Justo Lorenzo Gil, representado por Dr. Carlos Ariel Meyer.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., representada por Dr. Eduardo Gabriel Insausti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de prestaciones dinerarias por enfermedad profesional en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), y declaración de inconstitucionalidad de las normas que imponen el trámite obligatorio ante Comisiones Médicas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557; se hizo lugar a la demanda y se condenó a la ART a pagar al actor la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS con 45/100 ($44.300.899,45). Se imputaron costas y se regularon honorarios profesionales y periciales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de lo expuesto, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT, que menoscaban el derecho del trabajador de recurrir a los Tribunales locales en pos de salvaguardar sus derechos a la luz de los reclamos por accidentes de trabajo. Ello confirma la competencia del Tribunal del Trabajo para entender la presente causa."

"En virtud de lo expuesto, siendo que se ha comprobado que el Sr. Justo Lorenzo Gil, presenta una incapacidad laboral, parcial, permanente y definitiva del 37,86% corresponde hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada a pagar al actor las prestaciones dinerarias previstas por el art. 14, apartado 2. inciso a) de la LRT (Ley 24.557 y sus modificatorias) y la compensación adicional de pago único del art. 3° de la ley 26.773."

" Teniendo en cuenta que la fecha de la PMI es el 23/09/2020 y que la incapacidad determinada es del 42% y que el piso mínimo según Resolución SRT 15/2026 (RESOL-2026-15-APN-SRT#MCH)a la fecha es de $ 97.502.420 x 37,86%= $$ 36.917.416,21 más el 20% de la indemnización adicional del art. 3 de la Ley 26773=$$ 7.383.483,24 lo que arroja el total de la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS con 45/100 cvos. ( $ 44.300.899,45) suma que se fija como monto de condena, calculada en el día de la fecha, la que hasta su efectivo pago devengará intereses según tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina (L.A. Nº 54, Nº 2359)."

(Se consignan los párrafos literales más relevantes sobre: declaración de inconstitucionalidad de arts. 21, 22 y 46 LRT; la constatación pericial de incapacidad (37,86%); y el cálculo y fijación del monto de condena en $44.300.899,45.)

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.