INDEMNIZACIONES Y OTROS RUBROS: PESOA, FERNANDO OSCAR C/ BAILIO LBATA y otros
Planteo de incompetencia del Tribunal del Trabajo respecto de una causa por indemnizaciones y despido indirecto. El Tribunal declaró su incompetencia y elevó el expediente a la Suprema Corte de Justicia para que dirima la contienda, por cuanto actos procesales definitivos fueron practicados ante el juzgado de origen y existe un avanzado estado procesal.
¿Quién es el actor?
Sr. Fernando Oscar Pesoa, representado por la Dra. Carmen Gladis Guevara.
¿A quién se demanda?
Labarta Basilio (fallecido, sucesorio promovido), Guillermo Marenco, Ana Menossi de Gerbino, La Victoria S.A. y Lamas Andrés.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido indirecto, diferencias salariales y demás rubros (indemnizaciones y otros).
¿Qué se resolvió?
Se declaró la incompetencia del Tribunal del Trabajo para entender en la causa y se elevó el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Jujuy para que dirima la contienda; se ordenó registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por otra parte, y más importante aún, es que se advierte que en el trámite seguido por la jueza del sucesorio se tomaron declaraciones testimoniales, se resolvió el rechazo de una caducidad de instancia (el 15 de mayo de 2023), la letrada de la actora desistió de la prueba testimonial pendiente de producción y solicito la clausura del periodo probatorio (escrito Nº 1158361), por lo que en fecha 10 de abril de 2024 se la tuvo por desistida y del pedido de clausura se corrió vista por cinco días, bajo apercibimiento de ley. Vencido el término para contestarla, la Dra. Guevara, mediante escrito Nº 1403032, insistió con lo requerido y se le hizo saber que oportunamente se proveería (el 27 de septiembre de 2024). Luego, el 04 de junio de 2026, se ordenó la remisión a este Tribunal del Trabajo."
"En este contexto, se observa que la producción de la prueba testifical, como también la resolución sobre la perención de instancia, exceden las meras medidas de ordenamiento inicial y constituyen actos procesales definitivos que fijan la competencia de manera irrevocable, ya que fueron concretados ante la magistrada de origen y gozan de plena firmeza. Además, admitir el apartamiento de la causa obligaría a esta vocalía a un reexamen abstracto de las declaraciones producidas ante otro magistrado, lo que atentaría contra el principio de inmediación."
"Al respecto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que las leyes que modifican la jurisdicción y la competencia, por ser de orden público y aun en caso de silencio, se aplican de inmediato a las causas pendientes (Fallos: 327:5261), en la medida en que no se deje sin efecto lo actuado de conformidad a leyes anteriores (Fallos: 200:180). Lo contrario constituye un obstáculo para la pronta tramitación de los procesos y la adecuada administración de justicia."
Bloque dispositivo final (texto íntegro de la resolución adoptada): "I.- Declarar la incompetencia del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy para entender en la presente causa. II.- Elevar el expediente a la Suprema Corte de Justicia de para que dirima la contienda. III.- Registrar, notificar, etc."
¿Cómo votaron los jueces?
El dispositivo final es lo resuelto. No se registran votos de mayoría/minoría distintos en el texto suministrado; la resolución está firmada por el Juez Ontiveros.
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