ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CRUZ, JOSÉ MARÍA FERNANDO C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional por lumbalgia y lumbociatalgia atribuida a la tarea de chofer de colectivos. El tribunal laboral hizo lugar a la demanda, declaró la profesionalidad de la dolencia, fijó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 2,24% y condenó a la ART al pago de $4.511.316,23.
¿Quién es el actor?
Sr. José María Fernando Cruz, representado por el Dr. Carlos Sebastián Espada.
¿A quién se demanda?
PREVENCIÓN A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (lumbalgia con limitación funcional dorso lumbar) conforme Ley de Riesgos del Trabajo; actualización mediante RIPTE y demás rubros.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se declaró la profesionalidad de la patología, se determinó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 2,24% y se condenó a la ART a pagar PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS con 23/100 ($ 4.511.316,23). Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En definitiva, el dictamen pericial confirma la existencia de la patología y su razonable vinculación con las tareas que el actor realizaba para la patronal, lo que no fue esterilizado desde lo científico o lo fáctico por la demandada."
"En síntesis, considero acreditado que el actor presenta una disminución en su capacidad laborativa derivada de una limitación funcional de la columna, que produce un 2,24% de incapacidad de carácter parcial, permanente y definitiva, incluidos los factores de ponderación."
"2.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el Sr. JOSÉ MARÍA FERNANDO CRUZ en contra de la firma PREVENCIÓN A.R.T. S.A. a quien se condena a abonar la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS con 23/100 ($ 4.511.316,23), en concepto de prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, conforme lo dispuesto en los fundamentos."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia firmada por Vocalía Unipersonal; no se registran votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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