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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: PACHECO, GUSTAVO ALFREDO C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A

El actor promovió reclamo por enfermedad/accidente de trabajo con convenio transaccional por $8.000.000. La Cámara/Tribunal homologó el convenio del 04/08/2026 y reguló honorarios profesionales por $1.600.000 para el Dr. Matías Issolio y $280.000 para el perito Dr. Marcelo D. Cachagua.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-228335/2023
Convenio homologacion Accidente/enfermedad de trabajo Homologacion de transaccion Honorarios profesionales Pericia medica Lct Ley 6.368 Costas a la demandada Monto $8.000.000 Regulacion honorarios ($1.600.000 $280.000)

¿Quién es el actor?

Sr. Gustavo Alfredo Pacheco.

¿A quién se demanda?

PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por enfermedad/accidente de trabajo, arribándose a un acuerdo transaccional entre las partes (convenio del 04/08/2026 por $8.000.000).

¿Qué se resolvió?

Se homologó el convenio del 04/08/2026; se regularon honorarios profesionales: $1.600.000 (Dr. Matías Issolio) y $280.000 (Dr. Marcelo Daniel Cachagua); se impusieron las costas a la demandada y se ordenó protocolizar y hacer saber.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el acuerdo celebrado se contempla el interés de las partes por lo que es viable su aprobación, en virtud de lo normado por los arts. 1.641, 1.642 y cc. del Código Civil y Comercial. El demandante, Sr. Gustavo Alfredo Pacheco, ratificó de manera personal el convenio en estos obrados y se han observado las disposiciones del art. 15 de la LCT y concordantes, en el marco del art. 16 de la L.P.L. De las constancias de autos surge que la transacción satisface adecuadamente los requerimientos legales, por lo que procede homologarla."

"De conformidad con las bases brindadas por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 31 y cc. de la ley Nº 6.368, según el mérito, extensión, eficacia de la labor desarrollada, monto del convenio ($8.000.000) se regulan los honorarios del Dr. del Dr. Matías Issolio en la suma de pesos un millón seiscientos mil ($1.600.000), más el impuesto al valor agregado si correspondiere."

"En lo que respecta a los honorarios profesionales del perito médico Dr. Marcelo Daniel Cachagua por su actuación en los presentes obrados se estima justo regularlos en la suma de pesos doscientos ochenta mil ($280.000), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. Esta cifra se ha calculado de conformidad con lo previsto por la acordada 114/16 del Superior Tribunal de Justicia, como también por el art. 200 de la L.O.P.J."

Otros puntos relevantes: Las sumas se encuentran determinadas a la fecha de la resolución y solo en caso de mora devengarán intereses a la tasa activa cartera general del Banco de la Nación Argentina. Las costas se imponen a la demandada (cláusula QUINTA).

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