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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: GUTIERRREZ CLARA EMILCA C/ GALLARDO BRENDA MARIA ISABLE Y GUTIERREZ ELBIO ELISEO

La actora promovió reclamo por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $8.000.000 que se sometió a homologación. El Tribunal del Trabajo homologó íntegramente el convenio por entender que constituye una “justa composición de los derechos e intereses de las partes” y ordenó la apertura de cuenta judicial y las intimaciones necesarias para su efectivo cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala IV-Vocalía 12
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
D-61217/2026
Conciliacion laboral Homologacion Despido Pago en cuotas Deposito judicial Costas Honorarios Tasa de justicia Apertura de cuenta judicial Intereses por mora

¿Quién es el actor?

Clara Emilce Gutiérrez.

¿A quién se demanda?

Brenda María Isabel Gallardo y Elbio Eliseo Gutiérrez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral por despido y rubros laborales reclamados en autos.

¿Qué se resolvió?

Se homologó en todas sus partes el acuerdo conciliatorio por la suma total y definitiva de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000,00), con pago en cuatro cuotas mediante depósito judicial en cuenta en Banco Macro S.A.; se impusieron costas a los demandados; se ordenó apertura de cuenta judicial, intimaciones para aportes y denuncia de caja de ahorro para librar OPEJ.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del tribunal):

"Que actuado lo dicho y analizado el convenio presentado se considera que se encuentran dadas las condiciones para proceder a la homologación del mismo en razón de expresar una justa composición de los derechos e intereses de las partes."

"I.- Homologar en todas sus partes, en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, el convenio celebrado entre la Sra. Clara Emilce Gutiérrez, quien contó con la asistencia letrada de la Dra. Abril del Valle Eyherabarren quien a su vez se halla patrocinada por el Dr. Gastón Javier Baigorria, por una parte y por la otra, los Sres. Brenda María Isabel Gallardo y Elbio Eliseo Gutiérrez ... CLAUSULA SEGUNDA: La actora en efecto conciliatorio transaccional ajusta su reclamo a la percepción de la suma integral única, total y definitiva de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000,00) ... las cuales serán abonadas en cuatros (4) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000,00) cada una, mediante depósito judicial en una cuenta abierta a tales efectos en Banco Marco SA. A su vez se pacta la fecha de pago de la siguiente manera: 1° cuota el 29/06/2026; 2° cuota el 24/07/2026; 3º cuota el 18/08/2026 y 4° cuota el 12/09/2026."

"III.- Ordenar que el capital acordado sea abonado mediante depósito judicial en Banco Macro sucursal San Pedro de Jujuy en cuenta abierta a nombre de este tribunal y como perteneciente a estos obrados en los plazos y con las modalidades estipuladas en el convenio que se homologa. ... En caso de mora se devengarán intereses que se calcularán aplicando la tasa activa de Banco de la Nación Argentina desde que las sumas son adeudadas hasta el efectivo."

(No consta voto en disidencia; la resolución está firmada por el titular de la Vocalía Unipersonal Nº 12 y el Secretario.)

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