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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: FIGUEROA, BENITO GERMAN C/ ROSANO BATTISTELLA, IAN FABRIZIO y ATTIE, JORGE ADRIAN

El actor promovió demanda por despido contra Rosano Battistella, Ian Fabrizio y Attie, Jorge Adrián, y las partes celebraron un convenio transaccional por $6.000.000. El Tribunal homologó el convenio de fecha 12/08/2026 y reguló honorarios profesionales y periciales por $1.200.000 y $210.000 respectivamente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-238879/2023
Despido Homologacion de convenio Lct Lpl Regulacion de honorarios Pericia contable Convenio transaccional Costas a la demandada Monto $6.000.000 Honorarios $1.200.000 y $210.000

¿Quién es el actor?

Benito Germán Figueroa.

¿A quién se demanda?

Rosano Battistella, Ian Fabrizio y Attie, Jorge Adrián.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido (reclamo laboral por despido), materia salarial/indemnizatoria; las partes arribaron a un acuerdo transaccional por $6.000.000.

¿Qué se resolvió?

Homologar el convenio de fecha 12 de agosto de 2026; regular honorarios del letrado Dr. José Luis Guzmán en $1.200.000 más IVA si correspondiera; regular honorarios de la perito C.P.N. Angelita del Valle Boero en $210.000 más IVA si correspondiera; imponer costas a la demandada conforme cláusula 3 del convenio; protocolizar y hacer saber.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el acuerdo celebrado se contempla el interés de las partes por lo que es viable su aprobación, en virtud de lo normado por los arts. 1.641, 1.642 y cc. del Código Civil y Comercial. El Sr. Benito German Figueroa ratificó de manera personal, y acompañado por su letrado, el convenio en estos obrados. Se han observado las disposiciones del art. 15 de la LCT y concordantes, en el marco del art. 16 de la LPL. De las constancias de autos surge que la transacción satisface adecuadamente los requerimientos legales, por lo que procede homologarla."

"De conformidad con lo dispuesto por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 31 y cc. de la ley Nº 6368, según el mérito y extensión de la labor desarrollada, las etapas cumplidas y el monto del convenio ($6.000.000) se regulan los honorarios del Dr. José Luis Guzmán en la suma de pesos un millón doscientos mil ($1.200.000), más IVA si correspondiere."

"En lo que respecta a los honorarios de la perito contadora C.P.N. Angelita del Valle Boero se estima justo regularlos en la suma de pesos doscientos diez mil ($210.000), más el impuesto al valor agregado si correspondiere. Esta cifra se ha calculado de conformidad con lo establecido por la acordada Nº 114/16 del Superior Tribunal de Justicia y el art. 200 de la L.O.P.J."

¿Cómo votaron los jueces?

La parte dispositiva final del fallo (RESUELVE:) homologa el convenio y regula honorarios, y constituye la decisión que obliga. No se registran votos en disidencia.

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