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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: RIOS, HUGO ALEJANDRO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A

El actor reclamó indemnización por enfermedad/accidente de trabajo contra La Segunda A.R.T. S.A. El Tribunal del Trabajo fijó el monto de condena en $4.095.101,64 y reguló honorarios y pericia, ordenando pago por la aseguradora en 15 días y aplicando actualización conforme R.I.P.T.E. y piso mínimo de la resolución Nº 15/2026.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-249165/2024
Indemnizacion Accidente/ enfermedad de trabajo La segunda a.r.t. R.i.p.t.e. Resolucion n? 15/2026 Honorarios Perito medico Pago en 15 dias Actualizacion Ley 26.773

¿Quién es el actor?

Ríos, Hugo Alejandro (trabajador demandante).

¿A quién se demanda?

La Segunda A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por enfermedad/accidente de trabajo; ejecución de sentencia firme para determinación del monto de condena y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Fijó el monto de condena en $4.095.101,64 a cargo de La Segunda A.R.T. S.A., con pago en 15 días; reguló honorarios profesionales en $1.072.400 para cada letrado y $206.407 para el perito médico (más IVA si corresponde).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Entonces, la planilla es la que se adjunta a esta sentencia, en la que se utilizó el piso mínimo vigente según la resolución Nº 15/2026 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por ser mayor al resultado de la fórmula. Asimismo, se incluyó la indemnización adicional de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773 (20%), lo que hace un total de $4.095.101,64 como monto de condena."

"Ese importe deberá ser pagado por la aseguradora en el plazo de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta sentencia. En caso de mora, se aplicará interés a tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."

"En cuanto a los honorarios profesionales se estima justo regular al Dr. Dante Coronel Elías y al Dr. Fernando Raúl Manuel Zurueta (h) en la suma de $1.072.400 para cada uno de ellos. Para ello se tuvo en cuenta el mínimo establecido por la ley arancelaria con base en el importe total de la condena, la labor desarrollada por los profesionales, el resultado del pleito, las etapas cumplidas y el carácter en el cual participaron (arts. 01, 15, 16, 17, 20, 26, 29, 31, 58 y cc. de la ley 6.368). Al perito médico, José Causarano, corresponde la suma de $206.407 por la labor desempeñada. Todos los emolumentos regulados son más el impuesto al valor agregado (I.V.A.) si correspondiere."

Además, la parte resolutiva final del fallo dispone textualmente:

"I.- Fijar el monto de condena recaída en la causa en la suma de pesos cuatro millones noventa y cinco mil ciento uno con sesenta y cuatro centavos ($4.095.101,64), el que deberá ser pagado por La Segunda A.R.T. S.A en el plazo de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta sentencia.

II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Dante Coronel Elías y del Dr. Fernando Raúl Manuel Zurueta (h) en la suma de $1.072.400 para cada uno de ellos, y al perito médico José Causarano, en la suma de $206.407, más el impuesto al valor agregado en caso de corresponder."

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