DIFERENCIAS SALARIALES: HERRERA, PAULA LUCIANA C/ CENTRO DE DOCENTES DE ENSEÑANZA MEDIA Y SUPERIOR DE JUJUY (C.E.D.E.M.S.)
Se regulan honorarios del Dr. Gustavo Andreani por la ejecución obtenida en expediente de diferencias salariales. El Tribunal del Trabajo fijó los honorarios en $268.100 más IVA si correspondiera, aplicando el mínimo del art. 34 de la ley arancelaria y pautando intereses por la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de mora.
¿Quién es el actor?
Dr. Gustavo Andreani (letrado solicitante de la regulación de honorarios).
¿A quién se demanda?
Centro de Docentes de Enseñanza Media y Superior de Jujuy (C.E.D.E.M.S.), en el marco del expediente caratulado HERRERA, PAULA LUCIANA c/ C.E.D.E.M.S. por diferencias salariales.
Qué se reclama (Objeto de la demanda/incidente): Regulación de honorarios profesionales por la labor desarrollada en la ejecución de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la regulación y se fijaron los honorarios en la suma de pesos doscientos sesenta y ocho mil cien ($268.100), más IVA si correspondiera; se prevé la liquidación de intereses por mora a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Se ordenó notificar por cédula y protocolizar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El profesional realizó los actos procesales tendientes al efectivo cobro de sus emolumentos, hasta obtener el pago de fondos según consta en autos.
Así, corresponde regular sus honorarios conforme a la ley 6368 (arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 26, 31, 34 y ccs.) en la suma de pesos doscientos sesenta y ocho mil cien ($268.100), más el impuesto al valor agregado (IVA) si correspondiere. La regulación responde al mínimo previsto en el art. 34 de la ley arancelaria (5 UMA), ajustado a las etapas de ejecución efectivamente cumplidas por el letrado.
En caso de mora en el pago de la suma indicada se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."
(No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento aportado.)
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