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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: VARGAS, NELSON DAVID C/ GALENO ART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

El actor promovió reclamo por enfermedad/accidente de trabajo contra Galeno A.R.T. S.A. para obtener indemnización por incapacidad y regulación de honorarios. El Tribunal del Trabajo fijó el monto de condena en $16.579.311,50, ordenó pago en 15 días y reguló honorarios y peritos conforme a la ley y a la planilla adjunta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-149292/2019
Trabajo Enfermedad/accidente de trabajo Art Liquidacion R.i.p.t.e. Resolucion n?15/2026 Honorarios Peritos Ley 26.773 Actualizacion

¿Quién es el actor?

Vargas, Nelson David (actor).

¿A quién se demanda?

Galeno A.R.T. S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por enfermedad/accidente de trabajo (liquidación de monto de condena) y regulación de honorarios y emolumentos de peritos.

¿Qué se resolvió?

Fijó el monto de condena en $16.579.311,50, ordenó su pago por la aseguradora en 15 días desde la notificación, reguló honorarios profesionales (Dr. Martín D. Hernández $3.315.862; Dr. Nicolás D. Arias Cau $2.000.000; Dr. Juan M. Cardozo Traillou $321.103) y honorarios periciales ($580.275 para cada perito), más IVA si corresponde.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Según lo resuelto por el tribunal el cálculo del crédito fue realizado por el área contable, donde se determinó el ingreso base y se contempló la edad del trabajador al momento del siniestro (39 años según documento de identidad agregado mediante escrito Nº 2346355), para su incorporación la fórmula de ley junto con el porcentaje de incapacidad. La determinación del ingreso base, la actualización hasta la fecha de la primera manifestación invalidante (P.M.I.) y su proyección se realizó con el índice R.I.P.T.E."

"Ahora bien, con relación a la manera de actualizar la deuda la Suprema Corte de Justicia se pronunció en las casusas 'Revollo' y 'Rodríguez'. Según el precedente 'Revollo' (Registro de Sentencias de la SCJ el 24-04-2025 bajo el número 2755-2025), el Alto Tribunal local señaló que el interés devengado se calcula en forma simple a través de la suma de las variaciones del R.I.P.T.E., lo que implica la adición lineal de los porcentajes de variación mensual, desde la fecha de la primera manifestación invalidante hasta la fecha de cálculo."

"Entonces, la planilla es la que se adjunta a esta sentencia, en la que se utilizó el piso mínimo vigente según la resolución Nº 15/2026 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por ser mayor al resultado de la fórmula. Asimismo, se incluyó la indemnización adicional de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773 (20%), lo que hace un total de $16.579.311,50 como monto de condena."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el bloque resolutorio; la firma corresponde al Juez del Tribunal del Trabajo Dr. Agustín Ontiveros y al Secretario de Cámara.

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