Enfermedad/ Accidente de Trabajo: Ibáñez, Cristian Adolfo c/ Asociart ART S.A
El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional contra Asociart ART S.A. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y del art. 64 de la ley 6.368, y condenó a la aseguradora a pagar $34.518.162,92 más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Cristian Adolfo Ibáñez, por intermedio del Dr. Víctor Hugo Coria.
¿A quién se demanda?
Asociart ART S.A., representada por el Dr. Alfonso Andrés Zamar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial y definitiva derivada de enfermedad profesional (reconocimiento de incapacidad y liquidación indemnizatoria conforme Ley 24.557 y complementarias), intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la inconstitucionalidad en el caso concreto de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y del art. 64 de la ley provincial 6.368; se hizo lugar a la demanda y se condenó a Asociart ART S.A. a abonar en un solo pago $34.518.162,92, más intereses desde la fecha de la presente conforme fallo Zamudio c/ Achi, se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios y peritajes, debiendo pagarse el capital y honorarios dentro de cinco días de quedar firme la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que por lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto, la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las CCMM y la competencia recursiva federal."
"Que, en consecuencia, tengo por acreditado que tanto la patología columnaria -espondiloartrosis lumbar y hernia discal L4/L5- como la hipoacusia neurosensorial bilateral constituyen contingencias de carácter profesional y vinculadas con las tareas prestadas por el trabajador. Por ello, corresponde reconocer ambas patologías a los fines de determinar la incapacidad laboral permanente y que asciende al 25 % de la total obrera según lo dictaminado por el perito médico."
"Que, por lo tanto, se condena a Asociart ART SA a abonar al actor en un solo pago la suma total de $ 34.518.162,92 (pesos treinta y cuatro millones quinientos dieciocho mil ciento sesenta y dos con noventa y dos ctvos.) la que en caso de mora continuará generando desde la fecha de la presente el interés de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina hasta el día de su definitivo y cancelatorio pago conforme fallo Zamudio c/ Achi (STJ L.A. 54 N° 235) con capitalización semestral en los términos del inciso c) del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación (art 12 LRT)."
(Disidencias: no se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final; el bloque dispositivo final es el que fija la decisión del tribunal.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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