– DESPIDO: CASTILLO, SERGIO VICTOR ADRIAN C/ OASIS S.H., de donde surge que, en oportunidad de celebrarse la audiencia de vista de causa, Dr. Roberto Andrés Moya, en representación del actor Sr. Sergio Víctor Adrián Castillo, el Dr. Fernando Marcelo
El actor promovió demanda por despido y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por $5.000.000 que fue sometido a homologación. La Jueza homologó el convenio, declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley 6368 y reguló honorarios por los montos concretos para cada interviniente, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Sr. Sergio Víctor Adrián Castillo.
¿A quién se demanda?
OASIS S.H.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido y rubros laborales adeudados.
¿Qué se resolvió?
Homologación del convenio transaccional por suma única de $5.000.000 pagaderos en dos cuotas; declaración de inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley 6368; regulación judicial de honorarios con montos fijados; costas a cargo de OASIS S.H.; orden de depósito en cuenta judicial y aplicación de intereses por mora a la tasa activa con capitalización conforme Art. 770 CCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1. El presente Expte. Nº D-010988/2015 – DESPIDO: CASTILLO, SERGIO VICTOR ADRIAN C/ OASIS S.H., de donde surge que, en oportunidad de celebrarse la audiencia de vista de causa, Dr. Roberto Andrés Moya, en representación del actor Sr. Sergio Víctor Adrián Castillo, el Dr. Fernando Marcelo Cura por el demandado OASIS S.H., arribaron a un acuerdo conciliatorio conforme Acta de fecha 01.09.2026, solicitando se proceda a su homologación. Habiendo ratificado las partes el convenio celebrado en la audiencia referenciada, emitido dictamen por el Ministerio Publico NO PENAL de la Acusación. Analizado mediante Escrito N° 2248427, por lo que analizado el mismo considero que traduce una justa composición de los derechos e intereses de las partes en los términos del Art. 15 de la LCT."
"Respecto a los honorarios profesionales, como pauta general tomo a consideración la participación que cada profesional ha tenido en la causa. Tengo presente los parámetros que fija la norma arancelaria N°6368.- Las costas del proceso, conforme lo acordado, se imponen a la demandada OASIS S.H."
"Asimismo de conformidad con lo dispuesto por la Suprema Corte de Jujuy en el expediente N° LA-18351/2022, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 64 de la ley 6368 y disponer que los honorarios regulados en esta sentencia, en caso de mora, devenguen intereses de la tasa activa (L.A. 54, Nº 235) desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago, con capitalización en los términos del inciso c) del Art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación."
Bloque dispositivo (extracto de lo resuelto):
"RESUELVO 1.- Homologar en su parte pertinente y en cuanto por derecho hubiere lugar, sin perjuicio de terceros, el convenio celebrado ... PRIMERA... SEGUNDA... OASIS S.H. ... se obliga a abonar ... suma única y total de pesos CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00), suma que será abonada en DOS (2) pagos de pesos dos millones quinientos mil ($2.500.000) cada una, la primera a los DIEZ (10) días de quedar firme la homologación ... 3.- Regular los siguientes honorarios profesionales ... Dr. Roberto Andrés Moya ... $1.000.000,00 ... Dra. Ana Mariela Ortega ... $500.000,00 ... Dr. Fernando Marcelo Cura ... $500.000,00 ... CPN Carlos Alberto Lops ... $613.646,00 ... 4.- Ordenar que las sumas convenidas se depositen en Banco Macro ... en cuenta judicial Nº 5-204-0949918807-7 ... En caso de mora se devengarán intereses ... aplicando el interés de la tasa activa ... con capitalización en los términos del inciso c) del Art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación."
¿Cómo votaron los jueces?
Resolución unipersonal firmada por la Jueza de Vocalía Nº 10, Dra. Andrea Silvana Quintos; no se consignan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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