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Cámara de Apelaciones

Enfermedad/Accidente de Trabajo: Luis Bernardo Zapana c/ Experta ART S.A

El actor promovió demanda por enfermedad profesional (hipoacusia inducida por ruido) contra la aseguradora EXPERTA ART S.A. El tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a EXPERTA ART S.A. al pago de la prestación dineraria prevista por el artículo 14, apartado 2, inciso a) de la Ley 24.557 más la indemnización única de la Ley 26.773, sobre una incapacidad del 2,32%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 9 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 9
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-241451/2024
Enfermedad profesional Hipoacusia inducida por ruido Ley 24.557 Ley 26.773 Incapacidad 2 32% Exposicion laboral a ruido Mining (mineria subterranea) Via judicial habilitada Costas a la art Difiere liquidacion.

¿Quién es el actor?

Luis Bernardo Zapana, representado por el Dr. Carlos Sebastián Espada.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (hipoacusia inducida por ruido) en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo; se solicitó también declaración de inconstitucionalidad de normas, actualización por índice RIPTE y demás accesorios.

¿Qué se resolvió?

Se declaró habilitada la vía judicial, se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar la prestación dineraria prevista en el artículo 14.2.a) de la Ley 24.557 más la indemnización de pago único del artículo 3 de la Ley 26.773, calculadas sobre una incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva del 2,32% de la total obrera; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la liquidación del monto, intereses y regulación de honorarios al sector contable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde declarar habilitada la vía judicial empleada... La norma provincial subordinó su efectiva implementación a la celebración y publicación de los convenios de colaboración y coordinación con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Esa condición no se encontraba cumplida al momento de manifestarse la enfermedad ni cuando se promovió la demanda durante el año 2024. La publicación que permitió la posterior operatividad del sistema tuvo lugar recién el 13 de octubre de 2025."

"La falta de contestación autoriza a tener por ciertos los hechos lícitos afirmados por la parte actora, siempre que no resulten desvirtuados por las constancias de la causa ni aparezcan manifiestamente inverosímiles... En materia de enfermedades profesionales, el silencio permite presumir ciertos los hechos relativos a las tareas y a las condiciones de exposición denunciadas. En cambio, la existencia de una patología, su carácter permanente, su magnitud y su vinculación con el agente de riesgo requieren una comprobación médica razonablemente fundada."

"Corresponde tener por acreditado que Zapana estuvo expuesto durante aproximadamente dieciséis años al ruido generado por las tareas de perforación, voladura, carga, transporte y funcionamiento de maquinaria pesada dentro de la mina subterránea."

"El perito médico... consignó umbrales auditivos ... A partir de esos valores diagnosticó una hipoacusia inducida por ruido, determinó una pérdida auditiva del 5,30 % y la tradujo en una incapacidad del 2,32 % de la total obrera."

"En consecuencia, corresponde reconocer como incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva exclusivamente el 2,32 % de la total obrera derivado de la hipoacusia inducida por ruido."

"Corresponde, por tanto, condenar a EXPERTA ART S.A. a abonar al actor la prestación dineraria prevista por el artículo 14, apartado 2, inciso a), de la Ley 24.557, con más la indemnización adicional de pago único contemplada por el artículo 3 de la Ley 26.773, conforme a la incapacidad reconocida y a las disposiciones aplicables según la fecha de la primera manifestación invalidante."

¿Cómo votaron los jueces?

el documento contiene un solo voto (Dr. Galíndez) que concluye en el bloque resolutorio; no se registran votos en disidencia.

Leyes que cita

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