Enfermedad/Accidente de Trabajo: Vasile, José Luis c/ Asociart ART S.A
El trabajador demandó a la ART por incapacidad derivada de accidente de trabajo y reclamó diferencias de prestaciones dinerarias y en especie. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y condenó a Asociart ART S.A. a pagar $25.461.859,03, con rechazo de las prestaciones en especie.
¿Quién es el actor?
Sr. José Luis Vasile, representado por el Dr. Elio César Baldiviezo.
¿A quién se demanda?
Asociart ART S.A., representada por el Dr. Alfonso Andrés Zamar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo (accidente el 16/08/24), diferencias de prestaciones dinerarias y otorgamiento de prestaciones en especie conforme Ley 24.557 y complementarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declararon inconstitucionales, en el caso concreto, los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y el art. 64 de la ley 6.368; se rechazaron las excepciones de falta de legitimación, falta de acción y de pago; se condenó a Asociart ART S.A. al pago de $25.461.859,03; se rechazó el pedido de nuevas prestaciones en especie; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “Por lo expuesto, corresponde declarar en el caso concreto, la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 y las normas que las complementan, en cuanto se refieran a la previa y obligatoria actuación de las CCMM y la competencia recursiva federal.”
2) “Que por lo tanto y siendo que, como se dijo, el carácter laboral del infortunio se encuentra aceptado y reconocido por la demandada, conforme al grado y tipo de incapacidad dictaminado en esta instancia (15% de la t.o.) la ART debe responder conforme lo dispuesto por el art. 14 inc. 2.- ap a) de la Ley 24.557, debiéndose para ello tener presente el pago efectuado en la instancia administrativa por la demandada.”
3) “En consecuencia, se condena a Asociart ART SA a abonar al actor en un solo pago la suma total de $ 25.461.859,03 (pesos veinticinco millones cuatrocientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y nueve con tres ctvos.) la que en caso de mora continuará generando desde la fecha de la presente el interés de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina…”
4) Sobre prueba pericial y prevalencia: “...la pericia médica fue observada por la demandada, el perito contestó las impugnaciones con argumentos científicos sólidos y suficientes, por lo que considero que no existen fundamentos técnicos que ameriten apartarse de las conclusiones informadas por éste.”
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución es la manifestada en el texto resolutorio.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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