ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: CRUZ, VICTOR GABRIEL C/ GALENO ART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO
El actor promovió acción laboral por enfermedad profesional contra GALENO ART S.A. reclamando prestaciones dinerarias y en especie por incapacidad derivada de tareas como tractorista. La Sala II del Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la actuación previa obligatoria ante Comisiones Médicas y condenó a abonar $34.306.233 con cargo al Fondo de Reserva, más costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Víctor Gabriel Cruz, por intermedio del Dr. Martín Daniel Hernández.
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (en liquidación), con intervención del Fondo de Reserva administrado por la Superintendencia.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones por enfermedad profesional (prestaciones dinerarias previstas en art. 14, inc. 2 a) de la Ley 24.557 y prestaciones en especie), actualización por RIPTE o tasa activa, aplicación de Ley 26.773, y reconocimiento de inconstitucionalidad de determinados preceptos del régimen de Comisiones Médicas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se reconoció incapacidad parcial, permanente y definitiva del 25% y se condenó a abonar prestaciones dinerarias por $34.306.233 con cargo al Fondo de Reserva. Se declaró inconstitucionalidad, para el caso, de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 en cuanto imponen la actuación previa y obligatoria ante las Comisiones Médicas; costas a la demandada; regulación de honorarios y exclusión del Fondo respecto de costas y honorarios (pero no de intereses).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, la Ley Provincial Nº 6.056 adhirió al Título I de la Ley 27.348, pero condicionó expresamente su entrada en vigencia a la previa instrumentación y publicación de los convenios de colaboración con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (art. 14), circunstancia que -a la fecha de inicio de la presente acción- no se había verificado. Recién mediante la Resolución Nº 1051-T/2025 ... se instrumentó el convenio marco que tornó operativa la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, estableciéndose expresamente su vigencia a partir del 13 de noviembre de 2025. Por lo tanto, exigir al actor el agotamiento de una instancia administrativa inexistente al momento del inicio de la demanda implicaría una violación al derecho de acceso a la jurisdicción, consagrado en los arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional..."
"La pericia médica aparece sustentada en el examen directo del trabajador, en las mediciones funcionales efectuadas, en los estudios de diagnóstico por imágenes y estudios audiométricos incorporados, y en la aplicación de las pautas establecidas por el Baremo de la Ley de Riesgos del Trabajo y el Decreto 659/96... De este modo, el experto efectuó la valoración conjunta de las secuelas, aplicando el método de capacidad restante, y determinó un 21,58% de incapacidad de la total obrera... arribando finalmente a una incapacidad del 25% de la total obrera, parcial, permanente y definitiva."
"De acuerdo a ello ... el monto de condena actualizado al día de la fecha asciende a la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 34.306.233) ... con cargo al Fondo de Reserva administrado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo."
"De la interpretación conjunta de ambas normas se desprende que la exclusión prevista se limita exclusivamente a los gastos derivados de la actividad procesal, sin que exista disposición alguna que excluya los intereses correspondientes al crédito reconocido al trabajador... En consecuencia, corresponde concluir que la responsabilidad del Fondo de Reserva comprende tanto el capital de condena como los intereses devengados en los términos establecidos en esta sentencia y hasta su efectivo pago..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos discrepantes en el dispositivo final; la resolución aparece suscripta por la Vocalía y el Prosecretario.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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