Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº 21.264/2025, (Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia - Sala I- Vocalía 2) Recurso de Apelación en el Expte. Nº C-157.459/2020: Acción reivindicatoria: Municipalidad de Pue
Recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de la acción reivindicatoria de la Municipalidad de Puesto Viejo. La Suprema Corte rechazó el recurso por falta de arbitrariedad en la valoración probatoria y confirmación de que la interversión del título operó a partir de 2006, por lo que no se acreditó la prescripción adquisitiva.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Nicolás Pockorny, en nombre y representación de Marcelo Enrique Torres (recurrente).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Puesto Viejo (actora en la acción de reivindicación en origen).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
El recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y de Familia (26/08/2025) que confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción reivindicatoria de la Municipalidad y rechazó la excepción de prescripción adquisitiva interpuesta por Marcelo Enrique Torres; la sentencia de grado dispuso la restitución del inmueble individualizado como Manzana 40, lote 1, Padrón B-26246.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso de inconstitucionalidad, impuso las costas al recurrente y diferió la regulación de honorarios. Confirmó, en efecto, la valoración en cuanto a que la interversión del título operó desde 2006 y que no se acreditó la usucapión por no haberse cumplido el plazo legal ni probado actos claros y anteriores que excluyeran al titular registral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Examinados los términos de la sentencia y los agravios que se invocan, estimo que las conclusiones del ad quem no son refutadas mediante argumentos conducentes para poner en evidencia una decisiva falta de fundamentación en el fallo en crisis. Las críticas del recurrente sólo traducen diferencias de criterio con los sentenciantes y no resultan suficientes para rechazar las consideraciones en que se apoya el pronunciamiento recurrido, máxime frente a la excepcionalidad del remedio que se intenta."
"Es decir, que la interversión del título puede afirmarse que tuvo lugar en el año 2006 (con las cartas documentos y notas enviadas a la Municipalidad de Puesto Viejo) y, por lo tanto, la posesión no cumple con el plazo de 20 años requerido por la ley, en tanto que no hay dudas que éste fue interrumpido con la interposición de la acción reivindicatoria en el año 2020."
"Tal como lo dejaron sentado los sentenciantes las declaraciones testimoniales no alcanzan a satisfacer las exigencias de convicción para admitir la defensa de usucapión, pues dicha prueba no puede ser la única, destacando la falta de relevancia de las declaraciones en expresiones técnicas como es lo relativo a la distinción entre tenencia y posesión."
Además, los tres votos sostuvieron la concurrencia de los requisitos procesales de admisibilidad y la improcedencia de un nuevo examen exhaustivo de la prueba en esta instancia extraordinaria. No hubo votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.