JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesto en Expte. 19.024/2024 (Cámara de Apelaciones del Trabajo -Sala I- Vocalía 1) Recurso de Apelación en C-070.518/2016 “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: SEGUNDO, HUGO OSCAR C GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL

La aseguradora demandada impugnó en recurso de inconstitucionalidad la decisión de la Cámara que ordenó nueva pericia psiquiátrica y revocó la sentencia de grado. La Suprema Corte rechazó el recurso por improcedente y por la doctrina de los propios actos, confirmando la modificación dispuesta por la Cámara y condenando en costas a la actora vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala IV-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala IV-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
LA-21236/2024
Costas Principio de congruencia Riesgos del trabajo Doctrina de los propios actos Preclusion Pericia psiquiatrica Recurso de inconstitucionalidad Rvan Enfermedad profesional. Sala laboral

¿Quién es el actor?

Hugo Oscar Segundo (actor originario).

¿A quién se demanda?

Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (representada por Dr. César Antonio Singh, recurrente en inconstitucionalidad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por enfermedad/accidente de trabajo y reconocimiento de incapacidad psicológica (RVAN).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la aseguradora; se confirmó la decisión de la Cámara de revocar la sentencia de primera instancia y ordenar nueva pericia médica con evaluación psiquiátrica, con costas a la vencida; se difirió regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

(Voto de mayoría, Dr. Llamas) "Como ya se dijo en reiterados fallos, es inveterada doctrina de esta Suprema Corte de Justicia considerar que el vicio de arbitrariedad con alcance para descalificar un fallo debe ser grave, tiene que probarse, y solo puede predicarse respecto de sentencias que padecen de omisiones o desaciertos que las descalifiquen como pronunciamientos judiciales. No caben revisiones de la prueba, ni de las situaciones fácticas que informaron el proceso, ni del derecho aplicable, salvo los extremos del absurdo o de la injusticia notoria."

(Voto de mayoría, continuidad) "Las conductas contradictorias de la quejosa con la pretensión actual y que ameritan el rechazo que propongo, resultan inequívocas en este sentido; ergo, al contestar demanda, la recurrente ofreció como probatoria la pericial psiquiátrica, empero al ponerse a disposición de las partes el informe del perito médico concluido en interconsulta con especialista en psicología que determinó la RVAN, consintió la misma; y en la instancia recursiva, ante la orden del ad quem de una valoración psiquiátrica por especialista del departamento médico de este Poder Judicial como medida de mejor proveer, no formuló oposición, quedando firme la medida dispuesta."

(Voto de minoría, Dr. Otaola) "En mi mérito, revocar la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Trabajo en fecha 19 de Septiembre del 2024, para rechazar la Apelación interpuesta y confirmar la sentencia dictada por el Sr. Juez Unipersonal del Trabajo en fecha 19 de Diciembre del 2023." Además, expone: "considero que la Cámara de Apelaciones excedió su jurisdicción fallando en abierta violación de lo dispuesto por el artículo 53 del CPCyC, lesionando los principios de congruencia y de preclusión procesal."

La mayoría considera admisible la orden de nueva pericia por razones históricas y de equidad: la pericia y la demanda fueron presentadas en 2016/2018, antes del cambio de criterio de la Corte ("Calsina" 533-2023), por lo que corresponde igual tratamiento al actor; y aplica la doctrina de los propios actos para declarar inadmisible el agravio de la aseguradora.

¿Cómo votaron los jueces?

Voto mayoritario de los Dres. Llamas y Aguiar (adh.), con disidencia del Dr. Otaola.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.