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Tribunal Superior

Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en Expte. C-199.548/2022 (Tribunal Contencioso Administrativo, Sala I - Vocalía 2) Amparo Ambiental: Municipalidad de Yala c/ Guerrero, Carlos Eduardo y Echeverría, María Hortensia

La Municipalidad de Yala interpuso recurso de inconstitucionalidad contra las sentencias de la Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo que resolvieron sobre costas y regulación de honorarios en una causa de amparo ambiental. La Suprema Corte de Jujuy rechazó el recurso, impuso las costas al recurrente, declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la ley 6368 y reguló honorarios a favor del apoderado de los accionados por $665.418 con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala III-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala III-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
CA-21720/2025
Recurso de inconstitucionalidad Amparo ambiental Costas Honorarios profesionales Ley 6368 art. 64 Inconstitucionalidad Regulacion de honorarios Municipalidad de yala Sala i tribunal contencioso administrativo Suprema corte de jujuy.

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Yala, representada por el Dr. Oscar Norberto Cazón Recchiuto (recurrente).

¿A quién se demanda?

Carlos Eduardo Guerrero y María Hortensia Echeverría (accionados), con representación por el Dr. Kevin Gustavo Ballesty.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra las sentencias de la Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo (31/03/2025 y 28/05/2025) que, entre otros puntos, resolvieron sobre imposición de costas y regulación de honorarios en un proceso de amparo ambiental iniciado por la Municipalidad de Yala.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de inconstitucionalidad; imponer las costas al recurrente; declarar la inconstitucionalidad del art. 64 de la ley 6368; regular honorarios del Dr. Kevin Gustavo Ballesty en $665.418 con devengamiento de intereses conforme la tasa activa del BNA; no regular honorarios al representante de la Municipalidad de Yala.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto, corresponde rechazar el recurso de inconstitucionalidad tentado respecto de las sentencias de fechas 31 de marzo de 2025 y 28 de mayo de 2025, dictadas por la Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo."

"En cuanto a las costas procesales en esta instancia, no encuentro razón para apartarme del principio objetivo de la derrota, por lo que se imponen a la Municipalidad de Yala conforme al artículo 128 del CPCC."

"Respecto de la regulación de honorarios profesionales del Dr. Kevin Gustavo Ballesty estimo adecuado establecerlos en la suma de seiscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho pesos ($665.418). El importe equivale a $51.186 (valor de la UMA, según Resolución Nº161/26 del Consejo Directivo del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy multiplicado por 13 (correspondientes a honorarios mínimos para recursos de inconstitucionalidad, artículo 54 in fine de dicha ley). Asimismo, y conforme a lo resuelto en sentencias Nº 2872-2025 y 2905-2025 corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 64 de la ley 6368. En consecuencia, dicho monto devengará intereses desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago, conforme la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina; con más I.V.A de corresponder."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres miembros adoptan la decisión principal; la Dra. Nieva adhiere pero disiente parcialmente respecto del monto y criterio de regulación de honorarios proponiendo fijarlos en el 50% del mínimo previsto por el art. 54 de la Ley 6368. El Dr. Otaola y el Presidente Llamas comparten la decisión y fundamentan la declaración de inconstitucionalidad del art. 64 por tratarse de una regulación de intereses que, según su criterio, colisiona con la competencia del Congreso y el Código Civil y Comercial.

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