Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-173.543/2021 (Tribunal Contencioso Administrativo -Sala I- Vocalía 2) Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: Delgado, Abi Concepción c/ Estado Provincial
La actora promovió acción contencioso administrativa para el reconocimiento de su título docente y su inclusión en el Listado Único de Orden de Mérito; la Cámara de origen hizo lugar a la demanda. La Suprema Corte declaró la cuestión abstracta por haberse designado a la actora en cargo titular, impuso las costas a la demandada y diferió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Abi Concepción Delgado (docente).
¿A quién se demanda?
Estado Provincial (representado por la Procuradora Fiscal Dra. Noelia Luciana del V. Ficoseco).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del título para la especialidad Idioma Extranjero Inglés e inclusión en el Listado Único de Orden de Mérito 2017 (acción contencioso administrativa contra resoluciones administrativas que rechazaron su pedido por extemporáneo).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte declaró que la cuestión ha devenido abstracta, impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios profesionales. Se registró y notificó por cédula.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la Dra. Marina Olga Paredes Martinez informa que la actora ha sido designada en el carácter de titular en el cargo de Maestra Especial de Lengua Extranjera -Inglés- en la Escuela Primaria Nº 465 Barrio Bicentenario de Alto Comedero y acompaña en formato PDF: Constancia de Designación expedida el 18/12/25, Acta Nº 04/26 de toma de posesión y Planilla de ingreso a la titularidad del 18/02/26. Manifiesta que ello implica una aceptación del título docente de su representada, motivo del recurso resuelto a su favor por el Tribunal Contencioso Administrativo y recurrido por el demandado. Sostiene que con la designación como Maestra titular de Inglés de su mandante, el presente caso se ha tornado abstracto."
"La Dra. Noelia Ficoseco, contestó ... y expresa que la designación de la Sra. Abi Concepción Delgado no importa reconocimiento alguno respecto de la procedencia de la demanda, ni allanamiento a las pretensiones deducidas, ni desistimiento de los agravios constitucionales articulados en el presente recurso de inconstitucionalidad. ... En tales condiciones, la resolución del presente recurso de inconstitucionalidad debe efectuarse conforme a las circunstancias existentes al momento de dictarse sentencia. La controversia traída a conocimiento de esta instancia carece de actualidad, por lo que debe considerarse abstracta."
"Esta Suprema Corte, siguiendo los lineamientos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 255:58; 293:163; 319:1218; 324:529; 286:220; 323:3158, entre otros), ha sostenido en reiterados precedentes, que las causas deben resolverse en atención a los hechos existentes al momento de dictarse la decisión, debiendo recaer sobre un conflicto concreto y actual, y no sobre uno hipotético, conjetural o ya superado. En este último supuesto, corresponde declarar la cuestión como abstracta..."
"En virtud de ello, no corresponde ingresar al examen sobre la procedencia de los agravios traídos a consideración de esta Suprema Corte de Justicia. El tribunal de grado, en su caso, deberá evaluar cualquier planteo posterior."
"En lo que respecta a las costas, atento a las constancias obrantes en la causa, así como también a la naturaleza de los derechos en discusión, considero que es de aplicación lo establecido por el segundo párrafo del artículo 327 del C.P.C.C.; es decir, si el demandado ha dado motivo a la promoción de la acción, deberá cargar con las costas."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que expone la Dra. María Eugenia Nieva fue adherido por los Dres. Gonzalo César de la Colina y Federico Francisco Otaola. El bloque dispositivo final del tribunal resolvió en los términos citados.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.