Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. C- 217.284/2023 (Tribunal Contencioso Administrativo -Sala I- Vocalía 1) Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: Minera Santa Rita S.R.L. c/ Estado Provincial
La Dra. Noelia Verónica Roca Severich, en representación del Estado Provincial, impugnó la regulación de honorarios y la declaración de inconstitucionalidad parcial de la Ley 6.368. La Sala III de la Suprema Corte rechazó el recurso, confirmó la resolución interlocutoria de la Sala I y declaró inconstitucional el artículo 64 de la Ley 6.368, regulando honorarios en $737.542 y condenando en costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
Dra. Noelia Verónica Roca Severich, en representación del Estado Provincial (recurrente en el recurso de inconstitucionalidad).
¿A quién se demanda?
Sentencia impugnada dictada en el expediente originario Minera Santa Rita S.R.L. c/ Estado Provincial; y, en lo práctico, interesa la regulación de honorarios del Dr. Guillermo Marcelo Vera Mohorade.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la resolución interlocutoria de fecha 31/10/2025 de la Sala Primera del Tribunal Contencioso Administrativo que reguló honorarios profesionales en $826.780 (20 UMAs) y declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley 6.368; se solicita declarar inconstitucional la prohibición del art. 17 de la Ley 6.368 que impide a los jueces apartarse de los mínimos arancelarios y, subsidiariamente, la inconstitucionalidad del art. 26.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Dra. Roca Severich y se confirmó la resolución interlocutoria del 31/10/2025; se declaró la inconstitucionalidad del artículo 64 de la Ley 6.368; se impusieron las costas a la recurrente y se regularon los honorarios del Dr. Guillermo M. Vera Mohorade en $737.542, con intereses en caso de mora conforme tasa activa cartera general BNA y más IVA de corresponder.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resuelve:
1.- Rechazar el recurso de inconstitucionalidad incoado por la Dra. Noelia Verónica Roca Severich, en representación del Estado Provincial, y confirmar la resolución interlocutoria del 31 de octubre de 2025 dictada por la Sala Primera del Tribunal Contencioso Administrativo.
2.- Declarar la inconstitucionalidad del artículo 64 de la ley 6.368.
3.- Imponer las costas a la recurrente vencida y regular los honorarios profesionales del Dr. Guillermo Marcelo Vera Mohorade, en la suma de pesos setecientos treinta y siete mil quinientos cuarenta y dos ($737.542). Dicho monto devengará, en caso de mora, intereses desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago, conforme la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina; con más I.V.A de corresponder."
Del voto mayoritario (Dr. De La Colina, adhesión del Dr. Otaola):
"La determinación del monto de los honorarios profesionales, de las bases regulatorias y la interpretación y aplicación de las normas arancelarias constituyen materias propias de los jueces de la causa y ajenas a la instancia extraordinaria, salvo que se configure un supuesto de arbitrariedad manifiesta... En el caso, no se verifica ninguna de las circunstancias de excepción..."
Del voto en disidencia de la Sra. Presidente (DrA. Nieva):
"Conforme a lo expuesto, advierto que, en el caso concreto la regulación practicada luce desproporcionada en relación con el monto resultante de la sentencia... En virtud de ello, corresponde aplicar el criterio sentado en 'Massaccesi, Aníbal c/ Poder Ejecutivo - Estado Provincial'... y declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 17 de la Ley de Aranceles... regular los honorarios profesionales... en el cincuenta por ciento (50 %) del mínimo previsto en el artículo 26..."
(Se consignan las posiciones en voto mayoritario y la disidencia parcial, respetando que el bloque dispositivo final es lo resuelto por la Sala.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.