BGH S. A. s/ SU DENUNCIA VICTIMA NIEVA FRANCO ARIEL
BGH S.A. cuestionó la imposición de una sanción por incomparecencia a audiencia de conciliación en trámite administrativo de defensa del consumidor. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó la sentencia de la Secretaría Contravencional que dejó sin efecto la resolución sancionatoria al entender que era indispensable la previa imputación de cargos para garantizar el derecho de defensa.
¿Quién es el actor?
BGH S.A. (parte que promovió la apelación en la instancia contravencional).
¿A quién se demanda?
Dirección de Comercio Interior / Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán (autoridad de aplicación que impuso la sanción).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad o anulación de la resolución administrativa Nº 970-311-DCI-17 de fecha 04/04/2017 que impuso multa por incomparecencia a audiencia de conciliación, por falta de imputación de cargos y error en la aplicación del art. 14 de la Ley Provincial Nº 8.365 y su decreto reglamentario.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó el recurso de casación interpuesto por la Provincia de Tucumán y confirmó la sentencia de la Secretaría Contravencional de fecha 22/12/2020 que dejó sin efecto la resolución sancionatoria. Costas de la instancia casatoria a cargo del recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia impugnada resolvió lo siguiente: 'I) HACER LUGAR al recurso de apelación al recurso de apelación interpuesto por JULIAN COLOMBRES, en representación de BGH S.A., conforme lo antes considerado.- Art. 60 ley orgánica de Tucumán, art. 36 del CPPT, y arts 14 de Ley Provincial 8365 y 47 y 49 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.- II) DEJAR SIN EFECTO la resolución Nº 970-311-DCI-17 de fecha 04 de Abril de 2017 dictada por la Dirección de Comercio Interior de la Provincia de Tucumán. NOTIFIQUESE. PERSONAL.- III) HONORARIOS: conforme lo considerado.- (…)'."
La Corte sostuvo la necesidad de la imputación de cargos previa para sancionar, sosteniendo que la incomparecencia, aun siendo una "infracción formal", no habilita a la autoridad para sancionar sin el procedimiento sumarial que garantice el derecho de defensa: "la autoridad de aplicación (DCI) impuso sanción por infracción al art. 14 de la Ley N° 8.365 ... sin haber efectuado oportunamente imputación de cargos en relación a esta conducta infractora."
Se transcribe criterio doctrinario y precedentes: "El acto de imputación es la exteriorización formal de la voluntad del Estado ... cuya razón de ser es la de posibilitar que el presunto infractor, al conocer los alcances de la conducta reprochada, ejerza su derecho de defensa mediante el respectivo descargo." (cita de Bru, Jorge M. y Rusconi Dante D.; también Rubinstein y jurisprudencia de la propia Corte: sent. N° 1799/28-12-2018 y N° 1513/27-08-2019).
Conclusión mayoritaria: "La sola lectura de la sentencia cuestionada pone de manifiesto que la decisión se basó justamente en los antecedentes de esta Corte recién citados por lo que cuenta con adecuados y suficientes fundamentos. A partir de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto..." (voto del Dr. Estofán, acompañado por los Dres. Posse y Leiva).
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad (Drs. Antonio D. Estofán, Daniel Oscar Posse y Daniel Leiva votaron en igual sentido).
¿Cómo votaron los jueces?
No hay votos en disidencia; todos los miembros acordaron el rechazo del recurso.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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