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Tribunal Superior

MONASTERIO ARROYO KARINA VALERIA c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS

La actora promovió demanda por cobro de pesos por diferencias salariales y jornada laboral; la Cámara de Apelación del Trabajo admitió la demanda y determinó jornada de 32 hs. semanales. La Corte Provincial declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la demandada y confirmó la imposibilidad de cuestionar en casación la cuestión por no acreditar interés jurídico federal ni los requisitos de admisibilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
540/18
Cobro de pesos Diferencias salariales Jornada laboral Contrato a tiempo parcial Admisibilidad casacion Art. 130 cpl Evidencia documental In dubio pro operari Carga de la prueba Costas.

¿Quién es el actor?

Monasterio Arroyo Karina Valeria (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

CITYTECH S.A. (empleador/demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por diferencias salariales por jornada en exceso (reconocimiento de jornada de 32 horas semanales y consecuentes rubros indemnizatorios).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación interpuesto por la demandada contra las sentencias de la Cámara de Apelación del Trabajo de 29/3/2021 y 28/5/2021; impuso costas a la demandada en la instancia y reservó pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto del pronunciamiento del 29/3/2021, aunque se dirige contra una sentencia definitiva, no se advierte que la cuestión debatida exceda el interés particular de los litigantes y ataña a la colectividad en su conjunto, vulnere algún principio constitucional básico y la conciencia de la comunidad, o pueda resultar frustratoria de derechos de naturaleza federal, o comprometan la regular prestación del servicio de justicia o de los servicios públicos, circunstancias todas ellas que no han sido demostradas en el caso por la recurrente. Respecto de la resolución del 28/5/2021, que desestimó la aclaratoria planteada contra la sentencia definitiva, se advierte que el recurso no observa el art. 130 CPL en orden al requisito de admisibilidad de definitividad de sentencia.

Lo aquí considerado exime a este Tribunal de continuar analizando los demás requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 131 a 133 del CPL.

Por lo expuesto, el recurso en examen es inadmisible y debe declararse mal concedido."

(Del voto de la Cámara sobre la valoración probatoria en materia laboral, incorporado al expediente y citado por la recurrente:)

"Queda claro que en ninguna de la condiciones en la etapa pre contractual y las originarias del vínculo laboral, se hizo referencia a que la actora sería contratada con jornada reducida o bajo la modalidad de contrato de trabajo a tiempo parcial. Todo lo contrario. Surge que ante la probabilidad de dicha contratación, debía estar pactado o manifestado por algún medio... De esta breve exposición lo más destacado es que la prueba del contrato a tiempo parcial que alega la demandada, no ha sido acompañada... debe admitirse la jornada de 32 horas semanales (de jueves a lunes de 19 a 01, esto es 6,24 horas diarias) sostenida por la actora en su demanda."

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad de la Sala (Dra. Claudia B. Sbdar preopinante; Dra. Eleonora Rodríguez Campos y Dr. Daniel Leiva adhieren).

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