JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

RIVERO, ANIBAL LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por el reajuste de haberes y pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la ejecución; además declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y las resoluciones ANSeS 56/2018 y SSS 1/2018, e impuso costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 005779/2025/CA002
Reajuste de haberes Movilidad previsional Inconstitucionalidad Dnu 157/2018 Anses Ley 27.609 Prestacion basica universal Costas Ejecucion Resolucion anses 56/2018

¿Quién es el actor?

RIVERO, ANIBAL LUIS (actor demandante).

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; declaración de inconstitucionalidad de normas y actos administrativos relativos a la movilidad y topes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo agravado; revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida (art. 36 ley 27.423); y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia. Insértese, publíquese y devuélvanse los autos al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018." (considerando 2°)

"Respecto al tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde confirmar lo ordenado en la sentencia sobre el punto de conformidad a los precedentes citados por el juez a quo de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a los antecedentes dictados por esta Alzada." (considerando 3°)

"En cuanto a los agravios relativos a los planteos formulados en relación a la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES', expte N° FRO 22049/2022/CA1... debiendo admitirse el agravio y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas." (considerando 6°)

"Por último, en cuanto al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse... siéndo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha." (considerando 8°)

"Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..." (considerando 9°)

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Aníbal Pineda manifestó su disidencia respecto de la solución propuesta en relación al tratamiento de la movilidad y respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, adhiriendo a lo expuesto en otros acuerdos (votos citados); sin embargo, la decisión de la Cámara se conformó según el texto de la parte resolutiva mayoría.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 27.541Emergencia publica

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