MARTELETTI, PATRICIA BIBIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora contra ANSeS por reajustes y pago de retroactivos previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmÓ parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 (dejando su análisis para la ejecución), declaró de oficio inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MARTELETTI, PATRICIA BIBIANA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios y pago de haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación de normas administrativas/legales aplicadas (ley 27.609, DNU 157/2018, Resolución SSS 06/09), tratamiento de topes, intereses y retenciones por impuesto a las ganancias; costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y diferió su tratamiento a la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423; y reguló honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se hubiera regulado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"6°) Sobre el planteo formulado respecto de la ley 27.609, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MAS, MABEL GLADIS c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTES VARIOS', expte N° FRO 8406/2024/CA1, de esta Sala 'B' integrada- Acuerdo del 30/12/2025, pudiéndose ingresar para su lectura a https://www.csjn.gov.ar/tribunales-federales-nacionales/sentencias.html o a disposición de las partes en Secretaría. En dicho Acuerdo, por mayoría, se resolvió diferir el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad para la etapa de ejecución."
"9°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo', expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 que dispone: 'En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'."
"SE RESUELVE: I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados. II) Revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 y diferir su tratamiento a la etapa de la ejecución conforme lo dispuesto en el Considerando 6°). III) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423. IV) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Aníbal Pineda manifestó disidencia en cuanto a la revocación de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, adhiriendo a lo expuesto en su voto en los autos "MAS, MABEL GLADIS ...", por lo que hubo discrepancia individual sobre ese punto aunque la resolución del acuerdo revoca la declaración y difiere su tratamiento.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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