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Primera Instancia

Incidente Nº 2 - IMPUTADO: MARTIN, DANIEL RIVIER s/Audiencia Multipropósito General

Audiencia por medidas en causa por trata de personas: se autorizó la extracción y compulsa manual de los teléfonos secuestrados y la peritación del arma, y se dispuso la prohibición de acercamiento recíproca entre el imputado y la víctima/testigo. El juez hizo lugar a las medidas solicitadas por la Fiscalía y fijó el plazo de la prohibición en sesenta días.

Fecha de la sentencia
Tribunal
OFICINA JUDICIAL DE ROSARIO (GARANTIAS Y REVISION)
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 044441/2026/2
Trata de personas Medidas de prueba Extraccion de datos Compulsa manual Pericia de arma Prohibicion de acercamiento Medida cautelar Juez de garantias Cesacion de detencion Audiencia bilateral

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal Rosario, Fiscales Dras. Soledad García y María Virginia Sosa).

A quién se demanda (Demandado / sujeto de la medida): Daniel Rivier Martin (imputado, detenido alojado en detención domiciliaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

autorización para extracción y compulsa manual de teléfonos secuestrados, peritación de arma secuestrada y la imposición de una medida cautelar de prohibición de acercamiento (medida de coerción alternativa).

¿Qué se resolvió?

Se autorizó la extracción de ambos teléfonos y la compulsa manual de los mismos; se autorizó la peritación del arma secuestrada; y se dispuso la prohibición de acercamiento recíproca entre el imputado y la víctima y testigo, con acompañamiento policial o designado para el retiro de pertenencias, por el plazo solicitado (sesenta días). El tribunal además ordenó el cese inmediato de la detención del Sr. Daniel Rivier Martin. (Todo conforme a lo resuelto en la audiencia.)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"00:21 Juez Dr. Rodrigues Da Cruz: 1.- DISPONE el cese de la detención del Sr. Daniel Rivier Martin de manera inmediata. Pregunta con respecto a los teléfonos a peritar, si todos aportaron la clave."

"00:22 Juez Dr. Rodrigues Da Cruz: Brinda los motivos de su decisión -conforme surge del registro audiovisual- y RESUELVE: 2.- AUTORIZAR la extracción de ambos teléfonos y compulsa manual de los mismos, en la medida que resulte posible, la parte acusadora tendrá que poner en conocimiento cuando se lleven adelante los actos, de manera tal de que este pueda presenciar el mismo. 3.- AUTORIZAR la peritación del arma secuestrada a los fines de que se determine lo que la Fiscalía entienda que corresponda."

"00:24 Juez Dr. Rodrigues Da Cruz: 4.- DISPONER la prohibición de acercamiento de quien comparece en esta audiencia en calidad de afectado respecto de la víctima en autos y la testigo, a la inversa, tanto la victima de autos como la testigo no podrán acercarse al domicilio del señor. En caso de querer hacerlo, si tienen que retirar pertenencias o demás, deberán ser acompañadas con personal de la PFA o que la Fiscalía al efecto designe o del Programa de Asistencia, debiendo la Defensa acompañar la debida conformidad a efectos que estas puedan retirar sus pertenencias."

¿Cómo votaron los jueces?

no constan disidencias; la resolución surge del acta única firmada por el Juez de Garantías y constituye la decisión adoptada en la audiencia.

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