EL CORCEL S.A. c/ CONCURSO PREVENTIVO s/ INCIDENTE DE REVISION
La Dirección General de Rentas apeló la verificación negativa de créditos fiscales en el concurso preventivo de El Corcel S.A. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso y dejó admisibles diversos cargos tributarios (se detallan montos y privilegios), ordenando recalcular intereses para que no excedan 24% anual.
¿Quién es el actor?
Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán (apelante que promueve incidente de revisión).
¿A quién se demanda?
EL CORCEL S.A. (concursada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Verificación de créditos fiscales (impuestos provinciales e intereses) en el marco del concurso preventivo; se impugna la sentencia verificatoria que rechazó o redujo distintos cargos tributarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la D.G.R. y, en su sustitución, declaró admisibles múltiples cargos tributarios con especificación de capital, intereses y la calificación (privilegio general, especial o quirografario) para cada uno; ordenó a sindicatura que calcule los intereses de los períodos 01/09/2002–30/04/2003 y 01/05/2003–31/05/2004 para que no superen el tope del 24% anual; impuso costas por el orden causado; difirió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por lo expresado, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la D.G.R. (fs. 129), en contra de la sentencia del 2 de mayo de 2013 (fs. 125/126), la cual se revoca en cuanto se admiten los agravios expresados. En su sustitución se dispone declarar admisible el crédito fiscal reclamado de la siguiente manera: 1- BD/1306/2009: por intereses, por las sumas $7.316,83 y $2287,56, como quirografario, 2) BD/1314/2009, por intereses, por las sumas de $64.871,09 y 4.439,54, como quirografario, 3) BD/1329/2009: por capital la suma de $77.100,79 con privilegio general (art. 246, inc. 2, LCQ) e intereses por $24.541,49 y 7.302,52 como quirografario, 4) BD/1331/2009: por capital la suma de $143.207,46 con privilegio general (art. 246, inc. 2, LCQ) e intereses por $160.633,93 y $13.563,75 como quirografario, 5) BD/1859/2006: por capital la suma de $15.251,43 e intereses por $1319,25 y $12.695,21, como quirografario, 6) BD/1998/2007: por capital la suma de $1313,36 con privilegio general (art. 246, inc. 2, LCQ) e intereses por $557,39 y $785,78 como quirografario, 7) CQ/7/2010: por capital la suma de $1044,78 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $437,27, como quirografario, 8) CQ/8/2010: por capital la suma de $1044,78 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $436,77, como quirografario, 9) CQ/9/2010: por capital la suma de $738,7 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $815,21 como quirografario, 10) CQ/12/2010: por capital la suma de $501,38 y por intereses $66,14, como quirografario, 11) DJ/2847/2003: por capital la suma de $1223,23 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $577,25 y $1972,58, como quirografario, 12) DJ/1692/2004: por capital la suma de $144,90 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $184,92 y $185,36 como quirografario y 13) DJ/1694/2004: por capital la suma de $144,90 con privilegio especial (art. 241 inc. 3, LCQ) e intereses por $184,92 y $185,36, como quirografario."
"En tanto corresponde la morigeración de los intereses peticionados sólo en los períodos que van desde el 01/09/2002 al 30/04/2003 y desde el 01/05/2003 al 31/05/2004, Sindicatura deberá efectuar –por ante el Aquo y en el plazo que éste determine–, el cálculo de esos intereses a fin de que no superen el tope del 24% anual, según lo considerado."
Adicionalmente, el tribunal fundamentó la admisibilidad de créditos en la prueba de acogimiento y caducidad de planes de facilidades (ley 7882) y sostuvo que "La solicitud de acogimiento a un plan de facilidades de pago de deuda fiscal importa, en efecto, reconocer la deuda para con este acreedor", citando el art. 21 de la ley 7882 y el art. 59 inc. 2 del CTP como base para considerar interrumpida la prescripción.
(No se registra voto en disidencia que modifique el bloque dispositivo final).
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Leyes que cita
- Ley 24.522Concursos y quiebras
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