MACHIAVELLO, FRANCISCO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Demanda por reajustes previsionales contra ANSES por aplicación de nuevas pautas de movilidad. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró de oficio inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y distribuyó las costas por su orden, regulando honorarios de Alzada en 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
FRANCISCO RAUL MACHIAVELLO (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes por movilidad de haberes previsionales, cuestionando la aplicación de las leyes de movilidad (ley 27.426 y ley 27.541) y diversos decretos que afectaron la movilidad y los haberes (incluyendo la inconstitucionalidad de normas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario - Sala A confirmó la sentencia apelada; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 y distribuyó las costas por su orden (art. 36 ley 27.423). Reguló los honorarios de los profesionales de esta Alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el contenido de ese Acuerdo arribado se convinieron las pautas aplicables a fin de reajustar su haber inicial y movilizarlo. En este sentido, el artículo 6 de la ley 27.260 otorga al convenio homologado los efectos de la cosa juzgada."
"corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y rechazar el agravio." (refiriéndose al tratamiento conforme a la CSJN en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS ...' sentencia del 04 de diciembre de 2025).
"corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423." (voto del Dr. Aníbal Pineda).
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo disidencia en la parte resolutiva; la sentencia expresa que la resolución fue por mayoría y las Dras. Andalaf Casiello y Vidal adhirieron en lo sustancial al voto preopinante respecto de la mayor parte de las cuestiones, rechazando ciertos agravios y coincidiendo en la distribución de costas conforme al precedente CSJN 'Morales, Blanca Azucena'.
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Leyes que cita
- Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.541Emergencia publica
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