JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

PAZ, ALDO ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Aldo Esteban Paz la recalculación de sus prestaciones jubilatorias y el pago de retroactivos. La Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la ANSES, revocó lo resuelto respecto del período de suspensión de la ley 27.426 y confirmó el resto de la sentencia, sin costas de alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2
Fuero
FEDERAL DE SALTA
Jurisdicción
Federal · Salta
Expediente
FSA 011546/2023/CA001
Pbu Reajustes Anses Indice de actualizacion Ley 27.426 Ley 24.241 Retroactivos Impuesto a las ganancias Congruencia procesal Costas de alzada

¿Quién es el actor?

Aldo Esteban Paz.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reajustes/recalculo de haberes jubilatorios (PBU, PC, PAP), aplicación de índices para redeterminación del haber inicial, liquidación de retroactivos desde el 09/05/2021, verificación de la procedencia de la PBU conforme a precedentes de la CSJN, y cuestiones relativas a impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES; en consecuencia se revocó lo dispuesto en torno al período de suspensión de la ley 27.426 (según lo expuesto en el considerando VI) y se confirmó la sentencia en lo demás. Se dispuso no imponer costas de alzada por falta de contradicción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"6) Que los reproches vertidos contra lo resuelto en torno al período de suspensión de la ley 27.426 tendrán acogida favorable, toda vez que el sentenciante se expidió al respecto transgrediendo el principio de congruencia pues dichas normas no fueron cuestionadas por la actora en su escrito de demanda, quien limitó el reclamo de movilidad al art. 7 inc. 2 ley 24.463 y de la ley 26.417, sin cuestionar las leyes ulteriores, a pesar de haber deducido la demanda en 2023."

"8) Que lo relativo al cuestionamiento vertido contra la improcedencia de retención en concepto de impuesto a las ganancias, si bien se advierte que no forma parte del resolutivo del fallo judicial emitido el 26 de marzo del corriente como lo sostiene la parte accionante, también es cierto el hecho de que la manda se integra con sus considerandos, siendo la sentencia un todo constitutivo. Por lo tanto, se deja sentada la inaplicabilidad del referido tributo al beneficio del actor según el plenario de esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta 'Percivaldi, Roberto Rene c/ Anses s/ Apela resolución' (Expte. N° 31000160/2009), tomado en cuenta por el a quo para resolver el asunto (vid. considerando XV)."

"Por ello, se RESUELVE: I.- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social y, en consecuencia, REVOCAR lo dispuesto en torno al período de suspensión de la ley 27.426, de acuerdo a lo expuesto en el considerando VI, CONFIRMANDOLA en lo demás que decide. II.- SIN COSTAS de Alzada por falta de contradicción."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos en disidencia en el acuerdo final.

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