SILVA, OSCAR ALFREDO c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA
Ejecución de sentencia promovida por Oscar Alfredo Silva contra ANSES por liquidación y pago de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de ANSES y confirmó la sentencia ejecutoria, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó imponer las costas a ANSES; además reguló honorarios a favor de la letrada de la actora en 4,95 UMA ($534.625).
¿Quién es el actor?
SILVA, Oscar Alfredo.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia por liquidación de haberes previsionales; impugnación de planilla de liquidación, excepción de pago, costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia dictada; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiéndose las costas de la presente instancia a la ANSES conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 de la ley 27.423; y se regularon honorarios a favor de la letrada de la actora en 4,95 UMA equivalentes a $534.625, sin regulación a los apoderados de ANSES.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"b) Que, en cuanto a las costas y sin perjuicio de los argumentos esbozados por la demandada, cabe tener presente lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023). En esa oportunidad, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018 y, en consecuencia, dio operatividad al art. 36 de la ley 27.423, que establece que 'En las causas de seguridad social… Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'. Atento ello, la imposición de costas a la ANSES vencida resulta ajustada a derecho, por lo que corresponde rechazar el agravio."
"VI- Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES; conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
"VII- Que, corresponde regular los honorarios habidos en la presente instancia, pertenecientes a la letrada de la actora, Dra. María Virginia KISSER, en la cantidad de 4,95 UMA equivalentes a la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO ($534.625), atento lo dispuesto por los arts. 30 y 51 de la ley 27.423, Ac. 30/23 y Resolución SGA N° 2622/2026 de la CSJN; sin regularse a los apoderados de la parte demandada en virtud de lo dispuesto por el art. 2 de la ley citada."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Beatriz Estela Aranguren dejó constancia de su criterio sobre la inapelabilidad de cuestiones vinculadas a la planilla de liquidación y, aunque adhiere al acuerdo mayoritario en lo resuelto, se abstuvo de pronunciarse respecto de los agravios relativos a la planilla conforme a su precedente IND ERKUMER (mencionado).
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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