CAVEDAL, ENRIQUE JUAN PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales por Enrique Juan Pedro Cavedal contra ANSES; la Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la recalculación de la Prestación Básica Universal y la actualización de remuneraciones y prestaciones (PC y PAP) aplicando ISBIC y declaró la inconstitucionalidad de normas reglamentarias y del art. 1 de la Ley 27.609.
¿Quién es el actor?
CAVEDAL, ENRIQUE JUAN PEDRO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios: recalculo de la Prestación Básica Universal (PBU), actualización del haber inicial (Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), inconstitucionalidad de normas (Res. SSS 6/2009; Decreto 807/2016; art. 1 Ley 27.609) y tratamiento de retenciones por impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue motivo de agravio; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios profesionales en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre la PBU y aplicabilidad temporal de Quiroga: "De la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios' (Fallos 337:1277) no surge que el Alto Tribunal hubiera limitado la actualización de la PBU a los beneficios adquiridos hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417." Y: "La PBU integra el haber inicial (art. 17 de la ley 24.241), de modo que la integralidad que la Corte predica de este último alcanza también a aquella, cualquiera sea la fecha de adquisición del derecho."
2) Sobre el índice aplicable (ISBIC) y Elliff/Blanco: "La Corte no fijó en 'Quiroga' el índice con el cual debían efectuarse los cálculos... Teniendo en cuenta la finalidad que la Corte asignó en 'Elliff' al indicador salarial... resolvió que es el ISBIC el índice que debe aplicarse para re determinar el valor de AMPO/MOPRE al calcular la PBU." Y: "En 'Blanco'... el Máximo Tribunal invalidó de oficio las resoluciones ANSES 56/2018 y SSS 1/2018... Concluyó que corresponde al Congreso establecer el índice de actualización... y que, hasta que ello suceda, las cuestiones relativas al haber inicial deben resolverse conforme a 'Elliff'."
3) Sobre inconstitucionalidad de normas reglamentarias y ley impugnada: "En consecuencia, corresponde rechazar el agravio y declarar de oficio la inconstitucionalidad del decreto 807/2016 y de la Resolución SSS 6/2016, conforme la doctrina de la Corte... debiendo mantener el ISBIC para la actualización de las remuneraciones computables, conforme el precedente 'Elliff'." Y respecto del art. 1 Ley 27.609: "La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente."
4) Sobre impuesto a las ganancias y retroactivos: el tribunal sostuvo que las actualizaciones monetarias de créditos están alcanzadas por la exención del artículo 20 inc. v) del impuesto y rechazó la interpretación que somete automáticamente los retroactivos al gravamen, adhiriendo a precedentes de la propia Cámara y de la CSJN.
¿Cómo votaron los jueces?
no hubo disidencia; los tres vocales adhirieron al voto que obra como fundamento.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
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