JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

COLETTI DE CHEHIN MARIA ESTER c/ CEREZO DE CHEHIN MARIA CELIA s/ COBRO DE PESOS

La demandada interpuso queja por casación denegada contra la declaración de inadmisibilidad del recurso de casación en un expediente por cobro de pesos. La Corte declaró inadmisible la queja por no acompañarse la documentación que acredite la tempestividad del recurso de casación, y ordenó devolver las actuaciones a su origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
286/98-Q4
Queja por casacion denegada Inadmisibilidad Tempestividad Articulo 132 cpl Articulo 140 cpl Devolucion de actuaciones Cobro de pesos Camara de apelacion del trabajo Procedimiento laboral Prueba documental

¿Quién es el actor?

Coletti de Chehín María Ester (actora originaria).

¿A quién se demanda?

Cerezo de Chehín María Celia (demandada que interpone la queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (acción de cobro).

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada deducido por la parte demandada y se dispuso la devolución de las actuaciones a su origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes de la sentencia (texto original):

"II.- En orden a la admisibilidad del recurso de queja intentado, corresponde expresar que fue deducido en término; por escrito fundado que se basta a sí mismo; y se acompañó copia de la sentencia recurrida en casación, de la cédula de notificación de dicha sentencia, del escrito del recurso de casación, de la resolución denegatoria cuestionada y de la cédula de notificación de esta última. Sin embargo, se observa que la parte recurrente no cumplió con el requisito de acompañar copias de la totalidad de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos del artículo 132 del CPL, que también exige el artículo 140 de igual digesto.

En efecto, el artículo 132 del CPL prescribe, como requisito de admisibilidad del recurso de casación, que sea interpuesto dentro de los 5 (cinco) días de notificada la sentencia.

La parte recurrente no acompañó, con el escrito de interposición de la queja directa, copia de constancia del cargo de interposición del recurso de casación, en el que conste la fecha y hora de su presentación.

Siendo ello así, no resulta posible a esta Corte examinar si el recurso de casación fue interpuesto tempestivamente."

"La queja constituye la vía recursiva específica para que esta Corte se expida, exclusiva y excluyentemente, sobre la admisibilidad del recurso de casación, por lo que el examen de admisibilidad de la queja implica necesariamente la verificación de la concurrencia de los requisitos formales de admisibilidad del recurso de casación; y la imposibilidad de efectuar esta última valoración obsta, lógicamente, la admisión de la queja directa."

"III.- En consecuencia, corresponde declarar inadmisible el recurso de queja por casación denegada planteado por la parte demandada y devolver las actuaciones a su origen, de conformidad a lo previsto por el artículo 143 del CPL."

¿Qué se resolvió?

"I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada planteado por la parte demandada contra la sentencia de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala IV, del 22 de diciembre de 2021; conforme a lo considerado.

II.- DISPONER la devolución de las actuaciones a su origen."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue firmada digitalmente por el Presidente Dr. Daniel Leiva y las Vocales Dra. Claudia Beatriz Sbdar y Dra. Eleonora Rodríguez Campos. No constan votos de disidencia en el dispositivo.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.