GARRETON CARLOS FELIPE c/ HERRERO CARLOS ALBERTO s/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo y se ordenó embargo preventivo sobre fondos bancarios del demandado. La Cámara hizo lugar a la queja por apelación denegada, revocó en parte la resolución de fs. y concedió la apelación en subsidio sin efecto suspensivo, por poder causar gravamen irreparable.
¿Quién es el actor?
Garreton Carlos Felipe.
¿A quién se demanda?
Herrero Carlos Alberto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo con pedido de embargo preventivo sobre fondos bancarios por suma $1.920.000 (capital) más $576.000 por acrecidas provisorias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja por apelación denegada interpuesta por el demandado; se revocó parcialmente el proveído de fecha 30/11/2021 y se dictó sustitutiva disponiendo que la apelación en subsidio debe concederse sin efecto suspensivo (arts. 223 y 701 CPCCT). Se remitieron las actuaciones a primera instancia para la sustanciación del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De modo que, pudiendo causar gravamen irreparable conforme lo prescripto por el art. 701 del CPCCT, corresponde admitir la queja por apelación denegada y en consecuencia revocar, en su parte pertinente, el proveído de fecha 30 de noviembre de 2021, dictando la sustitutiva correspondiente."
"RESOLVEMOS
I) HACER LUGAR al recurso de queja por apelación denegada interpuesto por el demandado, Sr. Carlos Alberto Herrero. En consecuencia, revocar en su parte pertinente el proveído de fecha 30 de noviembre de 2021 dictando la presente sustitutiva: '... II.- A la apelación en subsidio: Pudiendo causar gravamen irreparable, concédase sin efecto suspensivo (arts. 223 / 701 CPCCT). ...'"
Además, en relación con las providencias iniciales de embargo, se consignó: "Atento a lo peticionado y constancias de autos, y previa caución juratoria, trábese embargo ... hasta cubrir la suma de $1.920.000 por capital y $576.000 calculado por acrecidas provisorias."
(No constan votos en disidencia en el texto suministrado).
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