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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 15 - DAMNIFICADO: BLANCO, NICOLAS MARTIN IMPUTADO: FALLA FLORES, YOSSELIN PAULETTE Y OTROS s/INCONSTITUCIONALIDAD

La defensa de Angélica Calderón Silva solicitó la admisibilidad de un recurso de inconstitucionalidad invocando el art. 27 de la ley 402 de la CABA. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (Sala I) declaró inadmisible el recurso por no demostrar cuestión constitucional ni arbitrariedad que habilite el control extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 1
Fuero
NACIONAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 034236/2024/TO01/15
Recurso de casacion Inconstitucionalidad Admisibilidad Arbitrariedad Art. 27 ley 402 caba Ley 48 Fallos Casacion penal Inadmisible Sala i

¿Quién es el actor?

La defensa de Angélica Calderón Silva, en calidad de recurrente.

¿A quién se demanda?

Se tramita contra la decisión previa de la Sala (y el Ministerio Público Fiscal se opuso a la admisibilidad); la impugnación se dirige a la revisión de la decisión que hizo lugar a recurso de casación (causa conexa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad planteado con invocación del art. 27 de la ley 402 (CABA) y la cita del precedente “Ferrari”.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Angélica Calderón Silva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al respecto, se advierte que los agravios del recurrente no demuestran la existencia de una cuestión constitucional, ni suscitan cuestión federal en los términos de los artículos 14 y 15 de la ley 48 y Fallos: 264:492; 267:50; 268:503, entre otros.

Además, el recurrente no logra poner en evidencia arbitrariedad alguna -en los términos de esa doctrina excepcional acuñada por la CSJN-, más allá de sus discrepancias con cuestiones que no exceden de la interpretación de derecho común y local, aspecto ajeno a los recursos de carácter extraordinario (como el que, eventualmente, podría motivar la intervención del TSJ de CABA).

Por lo expuesto, esta Sala 1 RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso presentado por la defensa de Angelica Calderón Silva."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva.

Normas que cita

  • Ley 402 (Caba)art. 27
  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • CParts. 45, 164 · Codigo penal
  • CPPNarts. 456, 465, 468, 470 · Codigo procesal penal
  • Acordada 15/13 (Csjn)

Fallos que cita

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