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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PERALTA SILVA, TOMAS OWEN Y OTROS s/ROBO DE AUTOMOTOR CON ARMAS DAMNIFICADO: GIMENEZ, SERGIO CARLOS Y OTROS

Las defensas apelaron en casación las condenas y montos de pena impuestos a T. O. P. S., L. S. P. S. y Junior Samuel Mora por múltiples hechos de robo, encubrimiento, portación de arma y tentativa de homicidio. La Cámara Nacional de Casación rechazó los recursos y confirmó en todas sus partes la sentencia recurrida, al considerar ajustada a derecho la valoración de los hechos, las pautas del art. 4 Ley 22.278 y la graduación de las penas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 3
Fuero
NACIONAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 043607/2024/TO01/CNC001
Casacion Condena Art. 4 ley 22.278 Menores Necesidad de pena Graduacion de la pena Encubrimiento Robo agravado Portacion arma Tentativa de homicidio.

¿Quién es el actor?

Las defensas de los condenados (defensora pública y defensores designados: Dra. Carolina Morales Deganut; Dr. Gustavo Ariel Fernández; Dra. Florencia Argibay Tomé; Dra. Victoria Hernández Lehmann) interpusieron recursos de casación contra la sentencia condenatoria.

¿A quién se demanda?

Fiscalía / sentencia del Tribunal Oral de Menores n.º 3 y del juzgador de primera instancia (la parte recurrida es la resolución condenatoria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación en casación de la condena y/o de la necesidad y graduación de la pena impuesta a T. O. P. S., L. S. P. S. (menores al tiempo de los hechos) y a Junior Samuel Mora (imputado mayor), así como cuestionamientos sobre la valoración del tratamiento tutelar, la existencia de agravantes y la aplicación del art. 4 Ley 22.278.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas y se confirmó la sentencia recurrida en todo cuanto fue materia de agravio, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1.4. Pues bien, bajo el ropaje de la arbitrariedad los recurrentes pretenden descalificar una decisión que se ha basado en las constancias del caso y el derecho aplicable. El tribunal ha brindado diferentes argumentos, vinculados con los parámetros del art. 4, ley 22.278, por los cuales declinó la posibilidad de otorgar el beneficio absolutorio a los imputados. [...] En consecuencia, que los informes sean positivos respecto del apego institucional y la formación educativa no agota lo que el art. 4 manda valorar." (voto del juez Horacio L. Días)

"2.3. Como punto de partida para determinar la respuesta punitiva, he sostenido ... que la medida de la culpabilidad por el hecho injusto ha de ser, justamente, la medida de la desaprobación jurídica de un ilícito culpable. [...] Basta un repaso de las características de los hechos ... el último episodio (hecho n° 5 de la causa n° 43607/2024) excede significativamente el marco de los denominados casos regulares, toda vez que los autores hicieron pasar las ruedas del automóvil sustraído sobre el cuerpo de su propietario, quien yacía en el suelo con varios impactos de arma de fuego. Pese a ello, la reacción punitiva impuesta se posicionó dentro del tercio inferior de la escala legal aplicable a Mora ..." (voto del juez Horacio L. Días)

Además: "Adhiero en lo sustancial al voto del juez Días." (voto del juez Nicolás Grappasonno). Se deja constancia de que el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23 CPPN (último párrafo). Estas expresiones constituyen la fundamentación de la mayoría que confirmó la sentencia.

¿Cómo votaron los jueces?

no existe voto disidente; el juez Morin se abstuvo de emitir opinión conforme al art. 23 CPPN.

Normas que cita

  • Ley 22.278art. 4 · Minoridad
  • CPPNarts. 23, 456, 463, 465, 470, 471, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • CParts. 5, 12, 29, 40, 41, 41 quater, 42, 45, 55, 80, 166, 189 bis, 277 · Codigo penal
  • Constitución NacionalConstitucion nacional
  • Convención Internacional de los Derechos del Niñoarts. 3, 37, 39, 40
  • Convención Americana sobre Derechos Humanosart. 19
  • Reglas de Beijingart. 17
  • RIAD
  • Opinión consultiva CIDH 17/2002
  • Informe 172/10 Comisión IDH
  • Observación General Comité de los Derechos del Niño n°10
  • Observación General Comité de los Derechos del Niño n°24art. 32 (párrafo)

Fallos que cita

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