Legajo Nº 2 - IMPUTADO: VALDEZ FELIZ , JONATHAN DAVID s/LEGAJO DE CASACION
El condenado apeló la revocación de su arresto domiciliario y la tutela del interés superior del menor. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación y encomienda al a quo dar estricto seguimiento al punto III de la resolución recurrida, por estar fundada la revocación en la modificación de las circunstancias que justificaban el beneficio.
¿Quién es el actor?
Jonathan David Valdez Feliz, por medio de la defensa pública oficial.
¿A quién se demanda?
Resolución del Juzgado de Ejecución penal que revocó el arresto domiciliario (y, en su consecuencia, la actuación del a quo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la revocación del arresto domiciliario concedido a Valdez Feliz y la decisión que comunicó la revocación al Juzgado Federal de Lomas de Zamora y requirió información sobre su situación; se alega vulneración del interés superior del niño y arbitrariedad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas, y encomendó al a quo dar estricto seguimiento a lo dispuesto en el punto III de la resolución recurrida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este sentido, se advierte que al revocar la prisión domiciliaria oportunamente concedida, la judicante menoró que: 'Con fecha 22 de diciembre de 2025, es[e] Tribunal dictó sentencia condenatoria respecto de Jonathan David Valdez Feliz a la pena de cinco (5) años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de 45 unidades fijas, inhabilitaciones previstas por el art. 876, apartado 1 del CA y al pago de las costas del proceso [...] tras ser considerado coautor penalmente responsable de los delitos de tentativa de contrabando de exportación de estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización'."
"Seguidamente, la magistrada indicó que: '...con fecha 14 de julio de 2026 [...] recibió una comunicación de la Dirección de Personas bajo Vigilancia Electrónica informando que Valdez Feliz se encontraba fuera del radio permitido y, simultáneamente [...] tomó conocimiento también, a través de la División Operaciones Área Metropolitana Sur de PFA, que personal de la PFA había procedido al allanamiento del domicilio donde el nombrado cumplía el arresto domiciliario y a su posterior detención'."
"De tal suerte, cabe concluir que el pronunciamiento censurado ha sido sustentado razonablemente y el recurso solo evidencia una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (Fallos: 302:284; 304:415; entre tantos otros). De este modo, la decisión cuenta con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido (Fallos 293:294; 299:226; 300:92; 301:449; 303:888, entre muchos otros)."
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo voto en disidencia; los tres vocales coincidieron en rechazar el recurso y encomendar seguimiento.
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