JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

COLQUI LUIS RENÉ c/ GIORDANO JUAN ANTONIO Y OTROS s/ DESALOJO

El actor promovió juicio de desalojo y solicitó entrega anticipada del inmueble. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación por carecer el actor de la calidad de titular dominial, con lo cual se rechaza la apelación y se confirma la decisión del juez de grado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
46276
Desalojo Entrega anticipada Inapelabilidad Titular dominial Legitimacion Recurso de apelacion Declaracion de mal concedido Normas procesales (arts. 415 y 436 digesto de rito) Celeridad procesal Admisibilidad del recurso

¿Quién es el actor?

Luis René Colqui (actora/actor).

¿A quién se demanda?

Juan Antonio Giordano y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio de desalojo con pedido de entrega anticipada del inmueble.

¿Qué se resolvió?

Se declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia de fecha 13 de mayo de 2016 que no hizo lugar al pedido de entrega anticipada. Por carecer el apelante de la calidad de titular dominial, la apelación fue rechazada y, en consecuencia, confirmada la decisión de grado en cuanto a la denegatoria de la entrega anticipada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el recurso que nos ocupa se concedió en un juicio de desalojo cuyo trámite se encuentra regulado en el Capítulo II del título V (Juicios especiales) de nuestro Digesto de Rito, que en sus arts. 436 y 415, establece como regla la inapelablidad de las decisiones del juez de grado y como excepciones la apelabilidad a) de la sentencia definitiva y b) de la que dispone hacer lugar a la entrega anticipada, salvo que el actor fuere el titular dominial del inmueble objeto de litigio, caso en el cual vuelve a la regla general arriba señalada."

"Una equivocada o extensiva interpretación llevó al Sr. Juez de Grado a conceder la apelación traída a estudio, habiendo soslayado que la situación identificada supra como b) exige para hacer excepción al principio de la inapelabilidad que el actor sea el titular dominial del inmueble, y, conforme se desprende de las constancias de autos, el actor no acredita ser propietario del mismo."

"De resultas, siendo los jurisdicentes los jueces del recurso, en uso de las facultades revisorias concedidas por la Ley Procesal, se declara mal concedido el recurso de apelación traído a estudio por carecer el actor de una cualidad indispensable a los fines de legitimarlo para sostener el mismo: el carácter de propietario."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución del Tribunal se expone en el bloque resolutivo final: "DECLARAR MAL CONCEDIDO el recurso de apelación interpuesto por la actora, LUIS RENE COLQUI, en contra de la sentencia de fecha 13 de Mayo de 2016 (fs. 352/353), por las razones expuestas." No se consignan votos disidentes en el texto.

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