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Tribunal Superior

BARRIONUEVO MIRTA c/ SANATORIO SAN LUCAS S.R.L. Y/O MEDICOS ASOCIADOS S.R.L. s/ COBROS

La actora demandó por cobros laborales contra Sanatorio San Lucas S.R.L. y Médicos Asociados S.R.L. reclamando diferencias indemnizatorias y accesorios. La Corte de la Provincia de Tucumán hizo lugar al recurso de casación sólo en lo referente a la tasa de interés y honorarios, casando parcialmente la sentencia y ordenando nueva planilla de intereses aplicando la doctrina legal fijada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
46296
Tasa de interes Banco de la nacion Interes activo Interes pasivo Casacion Creditos laborales Liquidacion de intereses Honorarios Remision a camara Doctrina legal.

¿Quién es el actor?

Mirta Barrionuevo (parte actora).

¿A quién se demanda?

Sanatorio San Lucas S.R.L. y Médicos Asociados S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas por diferencias indemnizatorias (antigüedad, preaviso, vacaciones, SAC, valor de comida, etc.) reconocidas en sentencia de primera instancia y sus accesorios (intereses, regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la actora y casó parcialmente la sentencia de la Cámara del Trabajo solo en lo relativo a los intereses fijados y la regulación de honorarios; remitió los autos a la Cámara para que practique nueva planilla de intereses y regule honorarios. Costas de la instancia extraordinaria a cargo de la parte vencida; reserva pronunciamiento sobre honorarios profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el contexto de las singularidades del crédito laboral objeto del proceso judicial deducido por el trabajador y de las circunstancias económicas actuales, el mantenimiento incólume del contenido económico de la sentencia conduce a liquidar los intereses que se deben a la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago"

"RESUELVE: I.- HACER LUGAR, al recurso de casación incoado por la parte actora contra la sentencia de la Sala II de la Excma. Cámara del Trabajo de fecha 21-10-2008, con relación a los agravios referidos a la tasa de interés aplicable y, en consecuencia: CASAR, parcialmente, la misma, en base a la doctrina legal enunciada en el voto mayoritario al respecto, dejándola parcialmente sin efecto sólo con relación a los intereses fijados, como así también, en lo pertinente, la planilla de condena (punto resolutivo I) y la regulación de honorarios (puntos resolutivos IV y V), debiéndose remitir los autos a la Excma. Cámara del Trabajo a fin que, con la integración que corresponda, dicte en lo pertinente un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo aquí decidido."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión se adoptó por mayoría (votos de los vocales Antonio Gandur, René Mario Goane y Antonio Daniel Estofán). La Dra. Claudia Beatriz Sbdar figura en disidencia.

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