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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIVADERO, LEANDRO RAUL s/ROBO CON EFRACCION

Juicio abreviado por tentativa de robo con ingreso por rotura de vidrio; la Fiscalía y la defensa acordaron condena. La Cámara/Tribunal Oral condenó a Leandro Raúl Rivadero a siete meses de prisión de cumplimiento efectivo, lo declaró reincidente y fijó el vencimiento de la pena el 17/2/2027 por ser autor de robo en grado de tentativa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL
Fuero
NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 036663/2026/TO01
Robo en grado de tentativa Juicio abreviado Reincidencia Pena de prision efectiva Articulo 431 bis cppn Art. 50 cp Costas procesales Notificacion a damnificado (art. 11 bis ley 24.660) Tribunal oral n?22 Ingreso con rotura de vidrio.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Marcelo Martínez Burgos.

Demandado / Imputado: Leandro Raúl Rivadero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aplicación de juicio abreviado y condena por el delito de robo simple en grado de tentativa (ingreso tras romper un paño de vidrio, sin haberse consumado la sustracción). Petición fiscal por pena de siete meses de prisión y costas; pedido de declaración de reincidencia por condena anterior.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Leandro Raúl Rivadero a la pena de siete meses de prisión y al pago de las costas procesales por ser autor penalmente responsable del delito de robo en grado de tentativa; se lo declaró reincidente (art. 50 CP) y se fijó vencimiento de la pena el 17/2/2027; se ordenó notificar al damnificado en los términos del art. 11 bis Ley 24.660.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se le imputa a Leandro Raúl Rivadero '…haber intentado sustraer, en fecha 18 de julio de 2026, aproximadamente a las 19.00 horas, elementos de valor del interior del departamento sito en Suipacha 588 piso 1ro de esta Ciudad, al cual accedió previo romper un paño de vidrio de la puerta de ingreso.'"

"En efecto, el Oficial Fabián Juan José de los Santos, explicó que, mientras cumplía funciones... fue comisionado por el Departamento de Emergencias Policiales a Suipacha 588, a raíz de un aviso que daba cuenta del ingreso de personas ajenas al inmueble... A partir de esa comunicación, se dirigió allí y encontró a Leandro Raúl Rivadero, a quien procedió a detener."

"A esta altura, considero que las pruebas reseñadas y el reconocimiento de los hechos por parte de los imputados, efectuado de conformidad a lo dispuesto por el artículo 431 bis, apartado segundo, del Código Procesal Penal de la Nación, acreditan fehacientemente tanto la materialidad de los hechos y el grado de responsabilidad que les cupo, sin que se aprecien evidencias que indiquen la necesidad de tener un mejor conocimiento del suceso."

"El hecho encuadra en el delito de robo simple, en grado de tentativa, por el que Rivadero deberá responder en calidad de autor (Art. 45 y 164 del Código Penal de la Nación)."

"En virtud de lo expuesto, entiendo que resulta ajustada la pena solicitada por el Fiscal, por lo que habré de imponer a Rivadero la pena de siete meses de prisión, que deberá ser de efectivo cumplimiento, en virtud de los antecedentes condenatorios que registra."

"Rivadero registra la condena impuesta en la causa n° 63630/2025 ... por lo que... corresponde declararlo reincidente (Artículo 50 del Código Penal, según ley N° 27.785 B.O. 7/3/2025)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto. La decisión es la plasmada en la parte resolutiva transcripta.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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