JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

TORRES MARIA DEL VALLE c/ EMPRESA 7 DE JULIO S.A. TRANSPORTE AUTOMOTOR Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra Empresa 7 de Julio S.A. y su aseguradora por lesiones y pérdida de piezas dentarias. La Cámara de Apelaciones confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, pero modificó la tasa de interés aplicable ordenando la aplicación de la tasa activa cartera general nominal anual del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho (25/02/2003) hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
46400
Danos y perjuicios Transporte Lucro cesante Dano moral Gastos terapeuticos Tasa de interes activa bna Apelacion desierta Condena indemnizatoria Incapacidad 20% Costas. Si desea Puedo extraer y presentar en un archivo las paginas relevantes del fallo o preparar un resumen mas breve centrado solo en la cuestion de intereses.

¿Quién es el actor?

María del Valle Torres.

¿A quién se demanda?

Empresa 7 de Julio S.A. Transporte Automotor y Compañía de Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltdo. (y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un hecho de transporte (lesiones en rostro y boca, pérdida de siete piezas dentales, consecuencias psicológicas), con pretensiones de lucro cesante, daño moral, gastos terapéuticos e intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por Empresa 7 de Julio S.A. (por falta de presentación del memorial de agravios).

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora exclusivamente respecto de la tasa de interés, revocando la sentencia de grado en ese punto y disponiendo que las sumas devenguen interés a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho (25/02/2003) hasta su efectivo pago.

Se rechazó el recurso de apelación de la aseguradora Bernardino Rivadavia.

Costas conforme lo considerado; se reserva pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto al agravio de la actora respecto de la tasa de interés aplicada corresponde acoger el agravio de la actora y establecer que las sumas fijas devengarán un interés a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho y hasta su efectivo pago.

Se aplica la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, compartiendo los fundamentos del plenario de la Excma. Cámara Nacional Civil, in re Samudio de Martínez, Ladislada c/ Transportes Doscientos Setenta S.A. s/ daños y perjuicios (LA LEY, 2009-C, 99), desde Garay, Gladys Luisa c/ Banco Patagonia S.A. s/ Sumarísimo (CCCTuc., Sala II, 22/06/12) esta Sala sostiene, salvo justificadas excepciones, la aplicación de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina para el cálculo de los intereses moratorios.

Es que como bien se dice en Samudio de Martínez: “Ante el mantenimiento de la prohibición de actualización monetaria y la pérdida del valor adquisitivo de la moneda la tasa pasiva –adoptada como obligatoria en los plenarios aludidos [anteriores y dejados sin efecto por el nuevo plenario]– no recompone el capital de la condena y es un estímulo para que el deudor continúe en mora”. ... En consecuencia aplicar al caso de autos la tasa activa antes consignada en el modo y forma considerada.

Por lo expuesto se admite parcialmente el recurso de la actora, solo en lo relativo a la tasa de interés y se rechaza íntegramente el recurso de la aseguradora."

(Bloque dispositivo final, literal)

"I.- DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto a fs. 644 por el apoderado de la demandada, Empresa 7 de Julio S.A., ...

II. HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto a fs. 642 por el letrado apoderado de la parte actora María del Valle Torres, ... la que se revoca en el punto III) sólo en lo relativo a la tasa de interés y dictando sustitutiva se resuelve: “con más la tasa activa la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho (25/02/2003) hasta el momento de su efectivo pago.

III.- NO HACER LUGAR recurso de apelación interpuesto a fs. 646 por el letrado apoderado de Compañía de Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltdo., ...

IV.- COSTAS conforme lo considerado.

V.- RESERVAR pronunciamiento sobre honorarios para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia dictada por dos miembros del Tribunal (María Dolores Leone Cervera y María del Pilar Amenábar) con coincidencia de votos; el primer voto (preopinante) y el segundo votante conforman la mayoría que resolvió como se consignó. No hubo disidencia relevante consignada.

Montos y fechas relevantes: fecha del hecho 25/02/2003; pericia médica: incapacidad permanente 20%; daño estético/psíquico fijado en $18.000; lucro cesante transitorio fijado en $7.200; sentencia de grado de fecha 23/06/2014; sentencia de Cámara 28/09/2016.

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