PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- c/ BERNASCONI MARIANO s/ EJECUCION FISCAL
El contribuyente se opuso a la imposición de costas en una ejecución fiscal por haber pagado la deuda antes de ser intimado. La Cámara hizo lugar a la apelación y revocó la condena en costas de primera instancia, sustituyéndola por costas por el orden causado en esta instancia, atendiendo que no se había trabado la litis al momento del pago.
¿Quién es el actor?
Provincia de Tucumán - Dirección General de Rentas (D.G.R.).
¿A quién se demanda?
Mariano Bernasconi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal por impuesto de Ingresos Brutos (importe reclamado $29.240,66; pago denunciado $37.351,22).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación del demandado respecto del apartado segundo de la sentencia de 10/09/2021; se revocó la condena en costas impuesta en primera instancia y se dispuso en sustitución: "COSTAS por el orden causado". Se impusieron las costas de la alzada al demandado por el orden causado, y se reservaron honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, la demanda de cobro por vía de apremio por un importe de $29.240,66 se interpuso el día 01/08/2018 (cfr. sello mesa de entrada fs. 01). Por proveído de fecha 26/09/2018 (fs.13) se dispone librar mandamiento de intimación de pago y se ordena trabar embargo a las cuentas bancarias del demandado (fs.14). En presentación de fecha 10/10/2018 (fs. 46) la parte demandada se presenta y comunica pago total antes de la intimación de pago. ... Consta en autos que luego de iniciado el juicio, el contribuyente dio cumplimiento con las obligaciones reclamadas en la demanda, y que la intimación de pago del juicio de apremio nunca se llevó a cabo. En consecuencia, la litis no llegó a trabarse."
"No corresponde dictar condena en costas contra quien no ha intervenido como parte en el juicio ... La imposición de costas, derivada o no del principio general del vencimiento, supone necesariamente el concepto de parte. En otras palabras, no puede existir condena en costas si no existe parte a quien imponerlas ... En consecuencia, corresponde casar la sentencia y dejar sin efecto la imposición de costas por falta de causa, al no revestir el demandado el carácter de 'parte procesal' por no haberse trabado la litis a su respecto."
(Sentencia) "HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el demandado MARIANO BERNASCONI contra el apartado segundo de la sentencia de fecha 10 de septiembre de 2021, el que se revoca y en sustitutiva se dispone: 'SEGUNDO: COSTAS por el orden causado, conforme lo considerado'."
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