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Tribunal Superior

ALDERETE MARIA VANESA Y OTROS c/ RAMIREZ CESAR MARIANO Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La aseguradora Caja de Seguros S.A. interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia de este Tribunal que rechazó su casación en causa por daños y perjuicios derivados de un siniestro automotor. La Corte Suprema provincial declaró inadmisible el recurso por inexistencia de cuestión federal, sosteniendo que la controversia se centra en la interpretación de cláusulas contractuales y normas de derecho común (Leyes Nº 17.418 y 24.449).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1376/13
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Clausula de exclusion Seguro automotor Ley 17.418 Ley 24.449 Cuestion federal inexistente Casacion Costas Precedentes csjn

¿Quién es el actor?

Caja de Seguros S.A. (como recurrente en este recurso extraordinario).

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada contra la recurrente en autos “Alderete María Vanesa y otros vs. Ramírez César Mariano y otro s/ Daños y perjuicios” (las partes originarias son los actores damnificados y los demandados asegurado y aseguradora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la interpretación de la cláusula de exclusión de cobertura del contrato de seguro automotor y la inoponibilidad de dicha cláusula frente a los damnificados; impugnación de la resolución de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Común y del rechazo de casación por este Tribunal.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por Caja de Seguros S.A. contra la sentencia N° 1110 del 10/11/2021 (rechazo del recurso de casación). Se impone costas al recurrente y se reserva pronunciamiento sobre regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"Los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal, que esta Corte comparte y a cuyos fundamentos se remite, en particular referencia a la inexistencia de cuestión federal.

En efecto, la controversia de autos quedó centrada en torno la interpretación de la cláusula de exclusión de cobertura contractualmente establecida en el contrato celebrado entre la compañía aseguradora y el asegurado -demandados en la presente causa- y su inoponibilidad a los damnificados actores.

Tal como se señala en el dictamen fiscal aludido, las alegaciones vertidas en el recurso aquí analizado, se encaminan a cuestionar la interpretación y alcance de normas de derecho común en materia de seguros en general y seguro automotor obligatorio, en particular, contenidas en las Leyes N° 17.418 y N° 24.449.

En consecuencia, y de conformidad a las consideraciones expuestas en el referido dictamen, corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la parte actora, con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

"Considero que la recurrente denuncia con suficiencia que el voto mayoritario se ha apartado injustificadamente de los precedentes 'Buffoni', 'Tarante' y 'Flores' de la CSJN.

... si las sentencias de los tribunales se apartan de los precedentes de la Corte sin aportar nuevos y fundados argumentos que justifiquen no aplicar al caso la posición sentada por el Tribunal, carecen de fundamento (Fallos: 307:1094) salvo que se invoquen circunstancias de hecho con base a las cuales se fijan distinciones entre los fallos que se invocan como contradictorios..."

"En virtud de lo expuesto, y oído el señor Ministro Fiscal, corresponde conceder el recurso extraordinario deducido por Caja de Seguros S.A.

Por ello, corresponde: 'I.- DECLARAR ADMISIBLE y, en consecuencia, CONCEDER el recurso extraordinario federal interpuesto por Caja de Seguros S.A. contra la sentencia de esta Corte de fecha 10/11/2021. II.- ELEVAR oportunamente los autos a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación'."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto mayoritario (doctor Daniel Leiva) declaró inadmisible el recurso y fue acompañado por los Dres. Antonio D. Estofán, Daniel Oscar Posse y Eleonora Rodríguez Campos. La Dra. Claudia Beatriz Sbdar votó en sentido contrario, proponiendo declarar admisible el recurso y elevar los autos a la Corte Suprema de la Nación (disidencia).

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