JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

HORBET S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN s/ NULIDAD / REVOCACION

La actora Horbet S.A. promovió recurso de casación contra la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que declaró la perención de la instancia en acción de nulidad/revocación contra la Municipalidad de San Miguel de Tucumán. La Corte rechazó el recurso por ajustarse la sentencia recurrida a la doctrina consolidada de la Sala en materia de efectos de las actuaciones cautelares sobre la perención, y condenó en costas a la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
658/19
Horbet s.a. Municipalidad de san miguel de tucuman Casacion Perencion de la instancia Medidas cautelares Suspension de ejecutoriedad Costas Contencioso administrativo Plazo art. 14 cpa Doctrina jurisdiccional.

¿Quién es el actor?

Horbet S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Miguel de Tucumán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de nulidad/revocación del acto administrativo, con petición de medida cautelar (suspensión de ejecutoriedad).

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó el recurso de casación interpuesto por la actora contra la Sentencia Nº 849 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (18/06/2021), confirmó la declaración de perención de la instancia en el proceso principal, impuso las costas a la actora y reservó la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte actora plantea recurso de casación contra la Sentencia Nº 849 dictada por la Sala I de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo en fecha 18 de junio de 2021... Por lo señalado el recurso en examen resulta admisible y, siendo ello así, queda habilitado el análisis de la procedencia de los agravios en los cuales aquel se sustenta."

"En lo que es materia de impugnación, la sentencia atacada hace lugar al planteo efectuado por la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y, consecuentemente, declara la perención de la instancia principal en la presente causa... ha transcurrido el término de ciento veinte (120) días hábiles judiciales previsto en el artículo 14 inciso 1) del Código Procesal Administrativo (CPA) para que opere la perención en la instancia principal, sin que se hubiere verificado en ese lapso ninguna petición idónea de las partes o acto jurisdiccional que tenga por efecto impulsar el procedimiento."

"La solicitud de suspensión de ejecutoriedad del acto administrativo impugnado en la demanda, como así también, el recurso de revocatoria presentado por el actor en contra del auto que denegó su petición cautelar, no tuvieron la virtualidad para interrumpir el curso de la perención de la instancia iniciada con la presentación de la demanda, pues lo peticionado, sólo tenía en miras otorgar seguridad a la pretensión del actor, sin afectar el trámite específico de la causa, en la medida que su trámite pudo válidamente proseguir en dirección de la continuación de la causa, sin esperar la resolución del recurso de revocatoria oportunamente deducido."

"Corolario de todo lo expuesto, corresponde rechazar por improcedente el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia Nº 849 dictada por la Sala I de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo en fecha 18 de junio de 2021."

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad en el sentido de rechazar la casación; la Dra. Eleonora Rodríguez Campos fue la preopinante y las Dras. Claudia Sbdar y el Dr. Daniel Leiva adhirieron.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.