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Cámara de Apelaciones

CUSILLOS S.R.L. c/ CARO ADRIANA ISABEL Y OTROS s/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El perito contador apeló la regulación de sus honorarios por considerarlos bajos en el marco de un juicio por cumplimiento de contrato. La Cámara confirmó la regulación en $194.400 sustentando la facultad judicial de atemperar los porcentajes arancelarios por razones de equidad, la terminación del proceso por desistimiento y la falta de gravitación del dictamen en el resultado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
8385/12
Honorarios periciales Ley 7897 Art. 8 Art. 9 Art. 1255 cccn Art. 13 ley 24.432 Discrecionalidad judicial Desistimiento Proceso por cumplimiento de contrato Regulacion de honorarios

¿Quién es el actor?

El perito contador Orlando Guillermo López, por derecho propio, interpone recurso de apelación.

¿A quién se demanda?

Contra el punto II de la sentencia de grado dictada en la causa “Cusillos S.R.L. c/ Caro Adriana Isabel y otros s/ cumplimiento de contrato”; partes codemandadas Adriana Isabel Caro y Victoriano Caro (contestaron traslado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la regulación de sus honorarios profesionales por considerarlos insuficientes; solicita elevación al mínimo legal (mínimo 4% según art. 8 Ley 7897) o más.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la regulación practicada por la jueza de grado fijando los honorarios en la suma de $194.400; no se impusieron costas de Alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias de autos no surge la firma actora y el codemandado Dermidio Victoriano Caro hayan contestado el traslado conferido."

"De confrontar los agravios vertidos por el perito recurrente con los fundamentos que sostienen el pronunciamiento impugnado, constancias del expediente y normativa legal aplicable, surge la convicción de éste Tribunal que el recurso no debe ser acogido."

"De los considerandos III.b) del pronunciamiento surge que la base regulatoria para el cálculo de los estipendios del perito contador se fijó en la suma de $9.717.807,68.- ... la Jueza a quo advirtió que el juicio finalizó a raíz del desistimiento acordado por las partes, tanto del proceso como del derecho, y que no resulta posible apreciar en plenitud la importancia y gravitación de la labor pericial cumplida en este litigio."

"Por esta razón, los jueces de la instancia respectiva ante la naturaleza, alcance, tiempo, calidad, resultado de la tarea realizada, o el valor de los bienes que se consideren, deberán valorar tales extremos pudiendo incluso dejar de lado el mínimo arancelario si su aplicación en el caso conduciría a una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas arancelarias habría de corresponder."

"En este contexto, surge que la sentenciante armonizó las disposiciones legales previstas en la Ley 7268 con las pautas regulatorias contenidas en la normativa complementaria en materia arancelaria, por lo que se verifica que el monto regulado por la Jueza de grado, consistente en la suma de $194.400, no resulta bajo."

"Por todo lo expuesto, corresponde confirmar el punto II de la parte resolutiva de la sentencia apelada y rechazar el recurso impetrado."

¿Cómo votaron los jueces?

"NO HACER LUGAR, por lo considerado, al recurso de apelación interpuesto por el perito contador ORLANDO GUILLERMO LÓPEZ en contra del punto II de la parte resolutiva de la sentencia dictada el día 30 de noviembre de 2021, la que se confirma."

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