JurisprudenciaARG
Primera Instancia

VICINO GRACIELA SILVANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su jubilación conforme a la ley 24.241 por servicios mixtos y planteos de inconstitucionalidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social nº10 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recalculo del haber y el pago del retroactivo según las pautas fijadas y rechazó la prescripción.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 10
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 034419/2026
Seguridad social Reajuste jubilatorio Ley 24.241 Pbu Metodologia de calculo Movilidad (ley 27.609) Prescripcion (art.82 ley 18.037) Merma cuantificada Prestaciones autonomas Ejecucion.

¿Quién es el actor?

VICINO GRACIELA SILVANA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-3049888-0-1) conforme la ley 24.241 por servicios mixtos; planteos de inconstitucionalidad de diversas normas; solicitud de aplicación de doctrina jurisprudencial para cálculo del haber y pedido de refuerzos/previsionales.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la defensa de prescripción opuesta por ANSES; se ordenó a ANSES abonar a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado; se diferirió regulación de honorarios para la etapa de ejecución. La sentencia establece metodología de cálculo y criterios de actualización y movilidad aplicables (ley 27.609 para movilidad por fecha de adquisición del derecho) y reserva distintos planteos de inconstitucionalidad para la ejecución cuando correspondan pruebas sobre el eventual daño concreto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”).”

“En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. Art. 4 de la ley 27.609), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto. Ello por cuanto, la parte actora no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho.-”

“Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por VICINO GRACIELA SILVANA, en los términos expuestos en los considerandos precedentes, 2) Rechazar la defensa de prescripción deducida en los términos del artículo 82 de la ley 18.037 por la demandada, 3) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463) que se computará desde que la sentencia quede firme, ...”

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos en disidencia en esta sentencia; los fundamentos citados corresponden al pronunciamiento del juez de primera instancia que resuelve.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.