MILSTEIN LAURA RUTH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de normas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 hizo lugar parcialmente a la demanda: rechazó la prescripción, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo conforme las pautas del decisorio y diferir la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
MILSTEIN LAURA RUTH.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del beneficio previsional (jubilación) conforme ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones legales y reclamo de diferencias de haberes y retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la excepción de prescripción deducida por ANSeS; se ordenó a ANSeS que abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas establecidas en el decisorio dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado; se difirió la regulación de honorarios hasta contar con la liquidación aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Luego de la compulsa de la prueba documental arribada en autos, se advierte que el titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-2534393-0-4 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 17/05/2024. En consecuencia, será analizado el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241."
"Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, y por economía procesal- corresponde estarse a los precedentes CFSS Sala I 'Pérez José c/ ANSeS s/Reajustes Varios' ... que disponen que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. ... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"A la luz de lo reseñado, y ante la carencia de indicadores adecuados que permiten llegar a la convicción de la falta de razonabilidad de los preceptos en crisis, no se configura en el caso el agravio constitucional que justificaría admitir la demanda. En este orden, resulta insuficiente para tener por demostrada la lesión constitucional invocada el argumento esbozado."
Además, el tribunal sostuvo que la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial es competencia exclusiva del Poder Legislativo y que, por la fecha de adquisición del derecho, corresponde aplicar las pautas legales vigentes (art. 4 de la ley 27.609), por lo que se desestimó el reclamo sobre ese punto; en cambio, admitió el reclamo parcialmente respecto de la falta de reajuste en la PBU inicial, disponiendo el recalculo y pago de diferencias conforme la metodología y límites legales indicados en los considerandos.
¿Cómo votaron los jueces?
no constan votos distintos; la decisión es de primer grado y expresa la solución adoptada por el Juez de primera instancia.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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