BANCO MACRO S.A. c/ SANATORIO MODELO S.A. s/ EJECUCION HIPOTECARIA
Se discutió la regulación de honorarios por ejecución hipotecaria y la corrección de un error de cálculo en la base regulatoria. La Cámara hizo lugar a la revocatoria, declaró nulo el punto IV de la sentencia de primera instancia por error aritmético y sustituyó la regulación de honorarios conforme a la planilla correcta (fs.419).
¿Quién es el actor?
En el proceso principal actúa como actor BANCO MACRO S.A.; en este incidente el recurrente es el letrado Raúl Martinez Araóz por derecho propio.
¿A quién se demanda?
SANATORIO MODELO S.A. (parte demandada en la ejecución hipotecaria); también intervienen otros letrados actuantes (Héctor Horacio Madkur y Ruy Páez de la Torre).
Qué se reclama (Objeto de la demanda/incidente): Revocatoria de la sentencia de esta Cámara de fecha 29/06/2016, solicitando la anulación del punto IV resolutivo que reguló honorarios profesionales y la nueva regulación por existir un error aritmético en la conformación de la base regulatoria; en subsidio, aumento de porcentajes aplicados.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de revocatoria. Se declaró nulo el apartado IV de la sentencia de primera instancia y se sustituyó la regulación de honorarios por la resultante de la planilla de fs.419, fijando la base regulatoria en $5.828.583 y determinando los importes definitivos para cada letrado (ej.: $341.495; $146.355; $1.057.000, entre otros). Se impusieron las costas según el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El error consistió en haber volcado -infielmente- en el cálculo matemático la decisión del A-quo, habiendo evidenciado el mismo en la planilla de fs.419 cubriendo el Tribunal -con su traslado- las exigencia que imponen las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso legal."
"El error así caracterizado, no puede constituirse como fuente de derecho o causa de lesión al mismo pues es principio un jurisprudencial incontestado, que no puede subsistir en la sentencia un error aritmético o de cálculo por el cual se genera o lesiona un derecho; que los errores materiales o cualquier otro que los magistrados advirtiesen al revisar las operaciones aritméticas utilizadas para determinar montos (capital, honorarios, etc.) deben ser corregidos aún de oficio..."
"En consecuencia, se hará lugar al recurso de revocatoria interpuesto por el letrado Raúl Martinez Araóz procediéndose a rectificar el error del calculo incurrido de acuerdo al procedimiento ordenado por la Sra. Jueza. aplicando la Ley 25.061 y Dcto.214/02 y a regular correctamente los honorarios profesionales en este proceso."
Dispositivo relevante (texto final):
"I.- HACER LUGAR al recurso de revocatoria ... la que se revoca y sustituye por la siguiente: '1) DECLARAR LA NULIDAD del apartado IV.- de la sentencia de Primera Instancia... IV.- A) REGULAR HONORARIOS DEFINITIVOS: ...' ... II.- COSTAS : Las generadas tanto por el recurso de apelación como por esta revocatoria, se imponen a cada parte por el orden causado... III.- RESERVAR pronunciamiento sobre honorarios para su oportunidad."
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Leyes que cita
- Ley 25.061Inmuebles
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