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Cámara de Apelaciones

BAGNATO SANTIAGO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajuste de haberes y Prestación Básica Universal contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, confirmó la sentencia recurrida en lo sustancial, diferenció para ejecución los cuestionamientos sobre topes, ordenó no aplicar impuesto a las ganancias sobre la retroactividad y fijó costas y honorarios conforme a ley 27.423.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 050997/2025/CA001
Pbu Reajuste de haberes Topes de haberes Impuesto a las ganancias Ley 27.541 Ley 27.609 Costas Honorarios Seguridad social Ejecucion de sentencia

¿Quién es el actor?

Bagnato Santiago Alfredo (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes de haberes varios, en especial el reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnaciones relativas a topes de haberes (Resolución SSS 6/09), aplicación de aportes por servicios autónomos, la procedencia del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, y planteos de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 27.541, 27.609, arts. 9 y 25 de la ley 24.241), además de cuestiones relativas a costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se diferenció para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios contra la aplicación de topes de haberes; se dispuso la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre la retroactividad que resulte de la liquidación por el reajuste dispuesto; se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue objeto de agravios; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior, todo conforme a los fundamentos explicitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Sala III “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—) ... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."

Sobre la emergencia y la potestad legislativa: "no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos..."

Sobre diferimiento de topes: "por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto ... sobre aplicación de topes de haberes (Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto..."

Costas y honorarios: "Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 ... Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."

¿Cómo votaron los jueces?

el fallo se adoptó por mayoría. El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre la metodología aplicable a los servicios autónomos (señaló su postura en otros autos y advirtió sobre reformatio in peius), pero votó por confirmar la sentencia apelada; no surge disidencia que modifique la parte resolutiva mayoritaria.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.541Emergencia publica

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