FAVALE DOMINGO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Recurso de apelación de titular jubilatorio contra ANSeS por impugnación de normas de movilidad y decretos. La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida y rechazó la declaración de inconstitucionalidad de las leyes y decretos impugnados, considerando que no existe irracionalidad manifiesta ni vulneración del art. 14 bis CN.
¿Quién es el actor?
FAVALE, DOMINGO MARIO (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación de las leyes y decretos que modificaron la movilidad previsional (leyes 27.426, 27.541, 27.609 y DNU/Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, DNU 542/20, entre otros), reclamo por reajustes varios y cuestionamiento de costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo principal objeto de agravios. Se confirmaron las decisiones que rechazaron la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas; se impusieron costas por su orden en ambas instancias y se fijaron honorarios por la actuación en la Alzada en el 30% de lo estipulado para la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"En el abordaje de la delicada cuestión a resolver, no debe perderse de vista, en primer lugar, que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados (C.S.J.N., en Fallos: 315:924) y la contradicción con la cláusula de la Carta Magna es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable (conf. argumento expuesto por la C.S.J.N., en Fallos: 322:842 y 919)."
Además, el voto deja constancia de que "La solución propiciada concuerda con la adoptada, entre otros, como ser por sentencia definitiva del 8.08.2024 recaída en la causa 24855/2021 'De Vicente Gabriela c/ANSeS s/Reajustes varios', Sala III, CFSS."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto del planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, remitíendose a lo sostenido en autos "WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS" (expte. 26695/2024, sent. 19/08/2025) y proponiendo diferir su tratamiento para la etapa de ejecución; tal postura constituye una opinión preservada y no la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 27.426arts. 1, 2 (mención) · Reforma previsional
- Ley 27.541art. 1; art. 55 (mención) · Emergencia publica
- Ley 27.609art. (mención general) · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 24.241art. 32; art. 17 (mención) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417art. anexo/cláusula de movilidad (mención) · Prestaciones previsionales
- DNU 260/2020art. (mención)
- DNU 297/2020art. (mención)
- DNU 542/2020art. (mención)
- Ley 27.423art. 36 y art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- C.P.C.C.N.art. 68 segunda parte · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. 14 bis; art. 75; art. 76 · Constitucion nacional
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