MORENO MARIA ROSA c/ MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La actora promovió acción contencioso-administrativa contra la Municipalidad de Concepción solicitando reubicación, solución habitacional y restitución de 15.000 ladrillos por obras demolidas. La Cámara IIa. desestimó la demanda al considerar que la adjudicación invocada (Decreto Nº279/09) no estaba aprobada por el Concejo y que el Decreto Nº093/11 que dejó sin efecto la adjudicación quedó firme, por lo que no asistía derecho a la actora.
¿Quién es el actor?
María Rosa Moreno, con patrocinio letrado de Mario E. Choquis.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Concepción.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se condene a la Municipalidad a reubicarla y brindarle solución habitacional en cumplimiento de las leyes nacionales Nº24.146 y Nº24.383, y la restitución de 15.000 ladrillos de primera calidad o su valor en plaza.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar a la demanda; costas a la actora; se reserva pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer lugar, corresponde destacar que el referido acto se encontraba condicionado a la aprobación del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción, de modo tal que sus efectos sólo podían reputarse plenamente vigentes luego de la concreción de dicho procedimiento."
"Examinadas las constancias de autos, surge que no se encuentra acreditado que el órgano legislativo del Municipio haya aprobado formalmente el decreto N°279 (o que fuera dictado el correspondiente referéndum al que en el artículo 1° se sujetó su validez y ejecución, según lo expresado precedentemente), razón por la cual la adjudicación otorgada mediante el citado acto no resulta per se plenamente eficaz para constituir derecho respecto de los inmuebles allí detallados que haga procedente el reclamo de la parte actora."
"Asimismo, respecto a la necesaria demanda de nulidad del acto administrativo cuando se efectúa un reclamo patrimonial, señaló lo siguiente: 'Ningún reproche cabe al razonamiento del sentenciante cuando considera que ‘la actora no puede soslayar que esa conducta imputada ilegítima se materializa en el referido decreto, de cuyo contenido y alcance debió hacerse cargo en esta causa’. ... la firmeza del acto impide, como consecuencia de la presunción de legitimidad consagrada en el art. 147 de la Ordenanza n° 731/82, cualquier reclamo resarcitorio derivado de una alegada transgresión al ordenamiento jurídico.'"
"Así las cosas, atento que no fue acreditada la aprobación del decreto Nº279 por el H. Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción, a lo que debe añadirse la firmeza del decreto Nº093 del 23/5/11, mediante el cual se dejó sin efecto las adjudicaciones otorgadas por decreto Nº279 del 14/12/09, corresponde rechazar la demanda deducida por María Rosa Moreno en contra de la Municipalidad de Concepción."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Carlos Giovanniello fundamentó la decisión y el Dr. Rodolfo Novillo votó en igual sentido. El dispositivo final del tribunal dispone el rechazo de la demanda.
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